A tiempo de desarrollar su discurso en el acto de inauguración del año judicial en Santa Cruz, la magistrada Laura Vilca emitió una frase contundente: «El Tribunal Constitucional no gobierna». Esta declaración denota el ánimo de marcar y dividir aguas, exhibir con contundencia el final de uno de los momentos probablemente más complejos de la historia reciente del constitucionalismo boliviano. Un grupo de magistrados tomó el control del TCP habiendo formalmente cesado en el período constitucional que les habilitaba para ello, y a partir de ahí elaboraron decisiones que la doctrina constitucional contemporánea incorpora en la categoría de “constitucionalismo abusivo”, ellos decidieron sobre su propia causa, resolvieron asuntos políticos más allá de la tutela de derechos, e ingresaron a ejercer competencias que no les correspondían. De manera inédita, en comunicados y conferencias de prensa, desde ese tribunal se daban certezas al país sobre cuándo se realizarían elecciones. Ese tribunal, en suma, gobernaba.
Durante décadas, el debate constitucional latinoamericano se concentró en cómo prevenir golpes militares y rupturas autoritarias que interrumpían el orden democrático. Desde los años sesenta hasta finales del siglo XX, las constituciones desarrollaron mecanismos de defensa democrática contra actores externos al sistema —militares, fundamentalmente— que buscaban destruir el orden mediante rupturas violentas y abiertas. Sin embargo, con la llegada de la democratización generalizada en la región durante los años noventa, ese marco conceptual comenzó a revelar su inadecuación frente a nuevas formas de deterioro democrático que operaban, paradójicamente, desde dentro del propio sistema constitucional. Ya no se trataba de tanques en las calles sino de gobiernos electos que utilizaban mecanismos formales de cambio constitucional para menoscabar sistemáticamente el carácter democrático del régimen.
La teoría del constitucionalismo abusivo, introducida por David Landau en 2013, identifica este fenómeno con precisión, actores que ya controlan el gobierno democrático emplean las herramientas que la propia constitución provee para desmantelar los mecanismos de control horizontal y vertical que sostienen el equilibrio democrático. La distinción resulta crucial porque mientras las rupturas abiertas activan respuestas institucionales predefinidas, el constitucionalismo abusivo opera con apariencia de legalidad, dificultando la detección temprana. Landau señala tres características que le identifican, uso de procedimientos formalmente válidos de cambio constitucional, generación de regímenes híbridos donde subsisten elecciones pero el campo electoral se inclina sistemáticamente hacia el gobernante, y neutralización o captura de tribunales constitucionales como objetivo prioritario, porque estos constituyen el último baluarte institucional contra la concentración de poder. Los casos paradigmáticos son conocidos: Venezuela bajo Chávez, Hungría con Orbán, Colombia con Uribe.
Accesoriamente a las teorías de Landau, Bolivia, presenta una anomalía adicional que es la autocaptura judicial. Iniciada en 2017 al desconocer el referéndum sobre reelección presidencial, la dinámica alcanzó su punto crítico en diciembre de 2023. Frente al bloqueo legislativo derivado de pugnas políticas oficialistas, el TCP dictó la Declaración 0049/2023, estableciendo una prórroga indefinida de mandatos. Los magistrados decidieron su propia permanencia, utilizando la estabilidad institucional para infringir los límites temporales supremos. Luego devinieron otras decisiones que reforzaban la declaración y otras inéditas decisiones, tal cual fuere un órgano de justicia ordinaria, lo cual vigorizó el constitucionalismo abusivo.
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Se produce un dilema estructural, el propio guardián constitucional, perpetra el abuso y las doctrinas de defensa democrática colapsan sometiendo a la Constitución como un documento interpretable discrecionalmente según conveniencia política, aplastando la soberanía del pueblo. El daño causado es grave y profundo, quienes impunemente usaron la Constitución para beneficio personal, han generado una afectación a la credibilidad del propio Estado constitucional.
En el contexto, del discurso de la Magistrada Villca, la situación que hoy nos toca es demasiado compleja, siendo imprescindible completar la elección de magistrados en aquellos departamentos donde no se logró la elección constitucional, devolviendo al pueblo su derecho a elegir guardianes independientes. Y, emitir normativa que dé certeza y seguridad al funcionamiento del TCP, en beneficio no solo de magistrados en ejercicio, sino sobre todo a bolivianos que entendemos la relevancia de este tribunal.
Está en manos de quienes hoy pregonan una transformación lograr que esto no vuelva a suceder, que no tengamos más episodios que desde el 21F y la sentencia 084-2017 sistemáticamente han colapsado el Estado Constitucional.
* José Antonio Landriel Pedraza es Licenciado en Derecho con Maestrías en Educación Superior, Derecho Constitucional, Ambiental y Administrativo.
