En el Senado, la Comisión integral comienza a analizar el proyecto antibloqueos y legisladores de Libre y el PDC plantean unificar todas las propuestas. Los artículos 211, 213 y 214 del Código Penal, establecen sanciones aplicables a movilizaciones.
Fuente: eldeber.com.bo
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Al menos tres artículos del Código Penal Boliviano y un Decreto Supremo —el 2888— ya establecen sanciones penales contra quienes realicen bloqueos de caminos o carreteras, así como contra las personas que porten y utilicen explosivos en movilizaciones de protesta. El tema cobra especial relevancia en un contexto en el que la Asamblea Legislativa definió como una de sus prioridades la aprobación de una denominada “ley antibloqueos”.
Pero la intención legislativa fue rechazada por la Central Obrera Boliviana (COB), que se declaró en estado de emergencia y apronte frente al Parlamento, al que advirtió con retomar medidas de presión y acciones de protesta. Ante este rechazo, el diputado Carlos Alarcón (Unidad), proyectista de la “ley antibloqueos”, planteó que, antes de su eventual promulgación, la norma sea sometida a un referéndum o a una consulta popular, para que sea la ciudadanía la que defina si apoya o rechaza esta iniciativa.
Alarcón, en respuesta a las advertencias del dirigente de la COB, Mario Argollo, afirmó que no es necesario llegar a “extremos de violencia”, actitudes que —según el legislador— son promovidas “por minorías” que no representan a la totalidad de la sociedad boliviana. En ese marco, reiteró su propuesta de que, una vez aprobada la ley en la Asamblea Legislativa, el texto sea sometido a una consulta ciudadana.
“Antes de la promulgación que haga el presidente (Rodrigo Paz) se podría convocar a un referéndum para que el pueblo soberano, que es el órgano supremo de decisión en el Estado, a través de su voto en las urnas, defina si acepta o rechaza esta ley”, planteó el legislador de la alianza Unidad.
Normas vigentes
En el Título V del Código Penal, referido a los “Delitos contra la seguridad común”, existen al menos tres artículos que establecen sanciones penales aplicables a situaciones como el bloqueo de caminos, el uso de explosivos y los atentados contra la seguridad de los servicios públicos. El Artículo 213 establece que “el que por cualquier medio impidiere, perturbare o pusiere en peligro la seguridad o la regularidad de los transportes públicos, por tierra, aire o agua, será sancionado con reclusión de uno a cuatro años”.
El Artículo 211 señala que “el que, con el fin de crear un peligro común para la vida, la integridad corporal o bienes ajenos”, utilice explosivos “será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años”. Por su lado, el Artículo 214 dispone que quien atente contra el funcionamiento normal de los servicios públicos de agua, luz, sustancias energéticas, energía eléctrica u otros servicios será sancionado con cárcel de uno a seis años. Este artículo cobra actualidad tras la última movilización de la COB, cuando campesinos tomaron la planta de YPFB del gasoducto Oconi, en Santa Cruz.
A estas disposiciones se suma el Decreto 2888 del 1 de septiembre de 2016 que prohíbe expresamente el uso, la tenencia y el porte de explosivos en manifestaciones públicas o movilizaciones, “por implicar un peligro común para la vida, la integridad física y la propiedad pública y privada”. El incumplimiento establece sanciones penales.
Las posturas
El ministro de la Presidencia, José Luis Lupo, reiteró ayer que el Gobierno respalda el proyecto de ley. “La posición nuestra es clara: no podemos apoyar los bloqueos definitivamente; si no apoyamos los bloqueos, apoyamos la norma antibloqueos”, declaró a EL DEBER.
En el Senado, el legislador Freddy Castillo, miembro de la Comisión de Constitución, precisó a este medio que la “comisión integral” conformada en esa cámara sesionará hoy para analizar el proyecto que busca endurecer las penas contra los bloqueadores.
En la Cámara de Diputados, la iniciativa de Carlos Alarcón es la más visible, aunque no es la única. Hay otras propuestas, como la del diputado Israel Mérida (Libre), que también plantea sanciones. A ello se suma el proyecto de “ley de garantía de la libre circulación y la gestión democrática de la protesta”, del diputado Luis Laredo (Unidad). El tercer secretario de la Directiva Camaral, José Maldonado, subrayó que todas estas propuestas se encuentran actualmente en comisión y que el pleno de la Cámara de Diputados aún no ha tratado ninguna de ellas. El legislador consideró necesario trabajar en un solo proyecto de ley antibloqueos que unifique criterios.
“Se tienen que unificar todos los proyectos de ley, pero siempre basados en la legalidad y sin vulnerar derechos, porque este tema puede convertirse fácilmente en un conflicto social”, advirtió Maldonado en declaraciones a EL DEBER.

