El proyecto presentado por el diputado Herminio Fernández Thola, también establece un Régimen de Arrepentimiento Activo, mediante el cual imputados o procesados podrán acceder a beneficios penales, como la reducción de hasta un tercio de la pena, siempre que exista confesión plena, reparación del daño y entrega de información útil para identificar a otros responsables o evitar la continuidad del delito.

Fuente: ANF / La Paz
El Proyecto de Ley de Arrepentimiento y Colaborador Eficaz (PL-071/25) propone un nuevo marco jurídico para fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, la corrupción, el enriquecimiento ilícito y el narcotráfico en Bolivia, con un eje central: destinar el 100% de los bienes y recursos económicos recuperados al financiamiento de la Renta Dignidad.
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La iniciativa fue remitida a la Presidencia de la Cámara de Diputados y está firmada por el diputado Herminio Fernández Thola, quien se identifica como Secretario del Comité de Defensa de las Fuerzas Armadas, Fronteras y Defensa Civil. El proyecto busca incentivar la obtención de información estratégica que permita desarticular redes criminales y recuperar activos obtenidos de manera ilícita, ante lo que sus impulsores consideran la lentitud e ineficacia de los actuales mecanismos de embargo y remate de bienes incautados.
El texto establece un Régimen de Arrepentimiento Activo, mediante el cual imputados o procesados podrán acceder a beneficios penales, como la reducción de hasta un tercio de la pena, siempre que exista confesión plena, reparación del daño y entrega de información útil para identificar a otros responsables o evitar la continuidad del delito.
De forma complementaria, se introduce la figura del Colaborador Eficaz, definida como aquella persona que, sin haber participado en el hecho delictivo, aporta datos esenciales para descubrir delitos, ubicar activos o desarticular estructuras de corrupción.
Uno de los aspectos más controvertidos del proyecto es el incentivo económico para los colaboradores eficaces. La propuesta contempla una retribución de entre el 10% y el 20% del valor de los activos recuperados, dependiendo de tipo de delito, con un máximo del 20% en casos de corrupción y del 10% en legitimación de ganancias ilícitas, siempre que la información sea corroborada y produzca resultados concretos.
El proyecto también incorpora garantías de protección y confidencialidad, incluyendo la reserva de identidad, protección personal y familiar, y resguardos laborales para evitar represalias. No obstante, excluye expresamente de estos beneficios a quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad, terrorismo, asesinato, violación o trata de personas de gravedad extrema.
Asimismo, se prevén mecanismos de revocatoria de los beneficios cuando se compruebe mala fe, información falsa o la comisión de nuevos delitos dolosos. En su conjunto, el PL-071/25 plantea convertir los bienes del delito en un beneficio social directo, reforzando la Renta Dignidad y enviando una señal política de endurecimiento frente a la corrupción y el crimen organizado.