Justicia condena a diputado por estafar $us 89 mil


Para fijar la pena, el tribunal tomó en cuenta varios agravantes, entre ellos la existencia de múltiples víctimas. Una de ellas es una persona adulta mayor. Durante el proceso se evidenciaron contradicciones y faltas a la verdad por parte del acusado

Justicia condena a diputado por estafar $us 89 mil
La justicia le impuso una condena de cuatro años

 

Fuente: El Deber



El Juzgado de Sentencia Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia hacia las Mujeres N° 7 de Santa Cruz condenó a cuatro años de reclusión en el penal de Palmasola a Gimber Zeballos Lijerón por el delito de estafa agravada. El juez consideró comprobado que el legislador utilizó un proyecto inmobiliario inexistente y una relación de amistad de muchos años para defraudar a un hombre de 51 años y una mujer de 73 por un total de $us 89.400.

La sentencia, a la que tuvo acceso EL DEBER, establece que Zeballos ejecutó una serie de engaños planificados, presentándose falsamente como ingeniero civil y socio de la empresa constructora ´GRAIND SRL´, con el objetivo de inducir a error a las víctimas y obtener un beneficio económico ilícito.

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Zeballos fue electo diputado suplente por la circunscripción 55 que corresponde al departamento de Santa Cruz. El legislador pertenece a la agrupación Libre.

De acuerdo con la resolución judicial, el fraude se inició en 2018 cuando el acusado mostró planos, maquetas y explicaciones técnicas de un supuesto edificio en construcción, asegurando que la inversión sería recuperada con amplias ganancias mediante la venta de departamentos.

Convencidas por la confianza personal y el discurso técnico, las víctimas entregaron grandes sumas de dinero – $us 40.000 la mujer de la tercera edad y $us 49.400 el hombre- en efectivo. Sin embargo, con el paso del tiempo, constataron que en el lugar del proyecto “no había ni un ladrillo”.

Ante los reclamos, Zeballos reconoció que la obra no se realizaría y prometió devolver el dinero. Para simular la restitución, entregó tres cheques del Banco Fassil por el monto total adeudado. Cuando las víctimas intentaron cobrarlos, se les informó que la cuenta de GRAIND SRL había sido clausurada desde el 4 de diciembre de 2020 por el Banco Nacional de Bolivia (BNB), es decir, antes de la emisión de los cheques.

Pese a conocer que la cuenta estaba cerrada, el acusado firmó incluso un ´Acta de Garantía”´en marzo de 2022, comprometiéndose a una supuesta rehabilitación de la cuenta, acción que el tribunal consideró como una maniobra deliberada para prolongar el engaño.

Entre las pruebas determinantes se incluyeron fotografías del momento del desembolso del dinero, los cheques originales, certificaciones del Banco Fassil, la ASFI y el BNB, documentos de Fundempresa que acreditan su vínculo con la empresa utilizada para el ardid, y resoluciones de anotación preventiva de siete vehículos a su nombre.

Con este material probatorio y los testimonios de las víctimas, el juzgado concluyó que existía “convicción y certeza plena” sobre la comisión del delito de estafa agravada.

Además de la pena privativa de libertad, que se computa desde el 16 de enero de 2026 hasta el 16 de enero de 2030, Zeballos fue condenado al pago de costas, daños y perjuicios, que serán determinados en ejecución de sentencia, y a una multa económica.

Para fijar la pena, el tribunal tomó en cuenta varios agravantes, entre ellos la existencia de múltiples víctimas, el hecho de que una de ellas sea adulta mayor (73 años), las contradicciones y faltas a la verdad del acusado durante el proceso y una conducta reiterativa, descartando cualquier atenuante a su favor.

La defensa y el fallo

La defensa de Zeballos sostuvo que el caso era de naturaleza civil, alegó que se trataba de un “proceso armado”, impugnó la validez de los cheques y negó la intención criminal. No obstante, el tribunal rechazó estos argumentos y desestimó la solicitud de absolución, ratificando que se trató de un fraude penalmente probado.

La sentencia marca un precedente judicial en casos de estafa agravada vinculada a proyectos inmobiliarios ficticios, especialmente cuando se vulnera la confianza personal y se afecta a personas en situación de mayor vulnerabilidad.

Fuente: El Deber