Alcaldía cruceña afirma que detención preventiva no suspende mandato de Jhonny Fernández


La autoridad municipal fue enviada con detención preventiva por 100 días al penal de Palmasola, en el marco de una investigación por los presuntos delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica dentro del denominado caso ‘pavimento’.

Charles Muñoz Flores



Fuente: Red Uno

El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra emitió un comunicado oficial en sus redes sociales en el que sostiene que la detención preventiva no constituye sanción ni causal expresa de suspensión del mandato conferido por voto popular, en relación con la situación del alcalde Jhonny Fernández.

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La autoridad municipal fue enviada con detención preventiva por 100 días al penal de Palmasola, en el marco de una investigación por los presuntos delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica dentro del denominado caso ‘pavimento’.

En el pronunciamiento, el Ejecutivo municipal fija una posición basada según señala en el principio de legalidad y el respeto al mandato democrático. El documento enfatiza que el alcalde ejerce un mandato conferido por voto ciudadano conforme a la Constitución Política del Estado y que su legitimidad es de origen popular y directo.

Asimismo, remarca que cualquier restricción al ejercicio de ese mandato debe estar expresamente establecida por ley y ser interpretada de manera restrictiva. “No existe en el ordenamiento jurídico una norma que disponga que la detención preventiva active automáticamente la suplencia”, señala el comunicado.

La Alcaldía subraya que la detención preventiva es una medida cautelar y no constituye destitución, suspensión ni pérdida de derechos políticos, por lo que no implica inhabilitación para el ejercicio del cargo.

En ese marco, cita la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, indicando que la suplencia temporal procede en casos de ausencia o impedimento, pero según su interpretación la norma no establece que la detención preventiva sea una causal automática de suplencia. “En Derecho Público, lo que no está expresamente previsto no puede ampliarse por interpretación extensiva”, sostiene el documento.

El comunicado también asegura que la institucionalidad municipal continúa funcionando con normalidad. Destaca que el Órgano Ejecutivo no es una estructura unipersonal, sino que está conformado por secretarios municipales y una estructura administrativa que garantiza la continuidad operativa, financiera y administrativa.

Finalmente, la Alcaldía concluye que su postura no responde a la defensa de una persona en particular, sino al respeto del principio democrático y de la legalidad, reiterando que la detención preventiva no constituye sanción ni causal legal expresa de suspensión del mandato conferido por voto popular.