(Aproximación inicial)
Juan Carlos Urenda
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Empecemos por lo que no se debería hacer:
- No seguir el procedimiento del “pacto fiscal” establecido en la Ley Marco de Autonomías. Las instituciones ahí mencionadas ya no existen, por lo que resultaría inaplicable.
- No transferir dinero a los municipios, gobernaciones, gobiernos indígenas, y Universidades (“ETAs”) sin transferirles competencias.
- No intentar solucionar todos los problemas de las ETAs, que son ilimitados, con los recursos del 50-50 que son muy limitados.
Lo que se debería hacer:
- Asignar a las ETAs los dineros de la co-participación, con base en la misma fórmula, por habitante, que se aplica en la actualidad, hasta llegar al 50-50 gobiernos-ETAs. Agregar a las gobernaciones en la repartija de la coparticipación.
- Las ETAs deben invertir esos dineros en salud y educación fundamentalmente.
- Transferir, mediante ley, en favor de las ETAs, en la medida que corresponda a cada una de ellas, la competencia de dictar políticas de educación y salud en sus aspectos de reglamentación y ejecución y las de gestión, de conformidad a los arts. 298 II 17 y 299 II 2 de la CPE.
- Modificar las siguientes normas:
La centralización del sistema regulatorio D.S. 29894. 7 febrero 2009
(supedita al ministro cabeza de sector)
La centralización de la jerarquía normativa D.S. 29894. 7 febrero 2009
(competencia nacional preferente. Viola CPE)
Ley Marco de Autonomías y Descentralización No. 31. 19 de julio 2010
(Regula 20 competencias nivel central)
Ley de la Educación Avelino Siñani-Elizardo Pérez No. 70. 20 diciembre 2010
(Ideologizada, centralista, colonialismo etnicista, autoritaria)
Ley de Clasificación y Definición de Impuestos No. 154. 14 de julio 2011
(Navegación aérea y acuática GD y chicha de maíz GM)
Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana No. 264. 31 julio 2012
(10% IDH cárceles y GM módulos policiales)
Sentencia Constitucional 1714/2012 que ratifica centralismo en educación. 1 octubre 2012
(Valor unidad justifica centralizar. Niega concurrencia a GD)
Ley de Gobiernos Autónomos Municipales No. 482 9 de enero 2014
(Invade elaboración cartas orgánicas)
Ley de Promoción para la Inversión en Exploración y Explotación
Hidrocarburífera No. 767. 11 diciembre 2015
(Fondo de Promoción 12% IDH)
Ley de Planificación Integral del Estado No. 777 21 de enero 2016
(Ministerio de Planificación “Órgano Rector”: todo)
Ley del Plan de Desarrollo Económico Social No. 1407 10 nov. 2021.
(Reglamenta Ley No. 777).
Relativamente simple si hay voluntad de hacerlo.
