Santa Cruz: Tres de los cinco pueblos indígenas con representación en la Asamblea Departamental presentan un problema de paralelismo que demora la designación de su representante

Fuente: El Deber
El domingo 22 de marzo Bolivia elegirá a sus nuevas autoridades autonómicas. De acuerdo al plan establecido por el Tribunal Supremo Electoral, ese domingo se renovará a alcaldes y concejales, a gobernadores y asambleístas departamentales. En algunas regiones, se elegirá también a corregidores. La gran mayoría de estos nuevos cargos se definirá por voto popular en las urnas. Sin embargo, las autonomías indígenas se rigen por usos y costumbres. Su forma de definir a las autoridades electas es distinta y depende de sus propios estatutos.
El presidente del Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, Marco Monasterio, estuvo en el programa Qué Semana, que se emite por la señal de EL DEBER, y detalló cómo se realiza esta elección de autoridades según usos y costumbres en el departamento.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
A nivel de autonomías indígenas de alcance municipal, Monasterio detalló que cada una de estas entidades cuenta con «sus propias fechas» que son distintas al calendario oficial del TSE. Además, definen a sus autoridades por usos y costumbres, según se recoge en la Ley del Régimen Electoral.
Consultado sobre la definición de los cinco asambleístas de pueblos indígenas que participan en la Asamblea Legislativa Departamental (ALD), el titular del TED Santa Cruz fue más explícito. En tres de los cinco pueblos indígenas con representación en la ALD existen problemas para la realización de sus asambleas. Solo uno de estos cinco pueblos, el yuracaré moxeño cuenta ya con una fecha aprobada para la elección de su representante.
«La sala plena ha determinado rechazar la solicitud de supervisión (para la asamblea del pueblo ayoreo) en razón a una sentencia constitucional que pide al TED que los solicitantes presentes sus solicitudes en unidad», detalló Monasterio.
¿Por qué se rechazó la supervisión? La respuesta del presidente del TED Santa Cruz fue clara: los paralelismos. Tanto el pueblo ayoreo como el chiquitano y el guaraní enviaron más de una solicitud al TED para la supervisión de sus procesos de definición de nuevas autoridades. Una duplicidad que revela no solo el paralelismo, sino la fragmentación al interior de estas entidades indígenas.
Monasterio recordó un principio asumido por el TED para evitar la división entre los diversos pueblos indígenas. «Si hay paralelismo, decidimos no asistir puesto que (nuestra presencia) puede ahondar más la división de los pueblos indígenas», destaca.
Por el momento, el TED ya rechazó la supervisión al pueblo ayoreo. Monasterio anticipó que el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) tiene listo el informe referente al pueblo chiquitano en el que se refleja también la división de sus dirigencias. Por tanto, y cuando se reciba el informe, «vamos a actuar de la misma manera».
El tercer pueblo que ha presentado solicitudes por parte de distintos directorios es el pueblo guaraní.
Sólo el pueblo yaracaré moxeno cuenta con la aprobación del TED Santa Cruz para la supervisión de la asamblea donde se definirán sus representantes en la ALD. De acuerdo a la solicitud recibida por el TED, la definición de los asambleístas tendrá lugar el miércoles 1ro de abril. El quinto pueblo con curul en la ALD, el pueblo guarayo, todavía no entregó la solicitud formal para la supervisión de su asamblea.
Monasterio destaca que el plazo dispuesto en el calendario electoral para la definición de estas elecciones indígenas se extiende hasta el 10 de abril.
¿Cómo se forma la ALD?
El legislativo cruceño cuenta con 28 curules. La definición de estos espacios se determina de tres maneras distintas. Por un lado, existe la representación por territorio. Cada una de las 15 provincias del departamento elige mediante voto directo a su representante. En la papeleta electoral existe una franja en la que aparece el representante por territorio de la provincia donde se vota. El espacio identifica al candidato con su foto, su nombre y la agrupación política por la que participa. El candidato que más votos tenga en cada provincia será quien asuma la representación de territorial.
Otros 8 escaños se determinan por voto poblacional. Para ello, la papeleta cuenta con una tercera franja en la que solo aparece el símbolo del partido. En esta franja no hay fotos ni nombres. El voto ciudadano se suma a nivel departamental y luego, con la aplicación de una fórmula conocida como sistema D’Hont se asignan los 8 escaños de acuerdo al número de votos totales acumulados por cada agrupación en competencia.
Los cinco últimos curules de la ALD están reservados para los pueblos indígenas. La definición de sus representantes se determina de acuerdo a los usos y costumbres de cada una de estas entitadades. Los cinco pueblos validados por el estatuto Autonómico son: ayoreos, chiquitanos, guarayo, guaraníes y Yuracaré- moxeños.
Fuente: El Deber