Senasir pagará reintegros del incremento anual: Quiénes pueden acceder


Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de junio y los pagos comenzarán a realizarse desde agosto.

Reintegros del SENASIR: revisa si puedes presentar tu solicitud. Imagen archivo SENASIR
Reintegros del SENASIR: revisa si puedes presentar tu solicitud. Imagen archivo SENASIR
Bolivia

Fuente: Red Uno 

El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) informó que realizará el pago de reintegros correspondientes al Incremento Anual Inversamente Proporcional 2026, para el periodo comprendido entre enero y marzo de este año.



La medida está dirigida a hijos de rentistas fallecidos, hijos de viudas o viudos fallecidos y ex beneficiarios de renta de orfandad que hayan dejado de percibir este beneficio por mayoría de edad.

¿Quiénes pueden solicitar el reintegro?

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Podrán acceder al pago las personas que se encuentren en alguno de estos casos:

  • Hijos de titulares de renta fallecidos entre el 16 de enero y el 15 de marzo de 2026, siempre que no existan derechohabientes en curso de pago.
  • Hijos de viudas o viudos fallecidos en ese mismo periodo.
  • Ex beneficiarios de renta de orfandad cuya prestación fue suspendida al cumplir 19 años entre enero y marzo de 2026.

¿Hasta cuándo se puede hacer el trámite?

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2026.

Posteriormente, el Senasir procesará los reintegros mediante una planilla adicional en julio, para que los pagos se efectúen a partir de agosto.

 

Lo que debes tener en cuenta

Las personas interesadas deberán presentar su solicitud dentro del plazo establecido para no perder la posibilidad de acceder al beneficio.

El anuncio busca garantizar que los beneficiarios o familiares de quienes dejaron de percibir la renta puedan recibir los montos correspondientes al incremento anual.