Fernando Untoja
El debate sobre la Ley 1720 ha vuelto a poner sobre la mesa un problema que Bolivia ha evitado durante años: el carácter del régimen de propiedad de la tierra. Sin embargo, tanto quienes rechazan la ley como la propia norma comparten una limitación central: no enfrentan el núcleo del problema.
Hoy, en amplias zonas del país, el campesino trabaja la tierra, pero no puede decidir plenamente sobre ella. No puede venderla libremente, ni hipotecarla, ni usarla como garantía para acceder al crédito. Es decir, posee la tierra en términos de uso, pero no en términos económicos. Este no es un detalle técnico. Es el corazón del problema.
Mientras la tierra no pueda convertirse en un activo económico funcional, no habrá inversión sostenida, ni acceso real al crédito, ni aumento significativo de ingresos. Dicho sin rodeos: mientras la propiedad comunitaria mantenga sus restricciones actuales, la economía rural seguirá atrapada en la subsistencia.
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Frente a esto, las movilizaciones campesinas han planteado una defensa legítima de la tierra. El temor a perderla no es infundado. Pero esa defensa no responde a una pregunta clave: ¿cómo generar ingresos y desarrollo si la tierra no puede ser utilizada económicamente?
Por otro lado, la Ley 1720 intenta abrir el acceso al crédito, pero lo hace de forma limitada. Solo permite la conversión de pequeña a mediana propiedad y no toca el núcleo del problema: las tierras comunitarias, los ayllus y otras formas colectivas. El resultado es una economía partida en dos: un sector que puede integrarse al mercado; otro que queda fuera.
Aquí aparece un punto que debe ser planteado con claridad: tanto la defensa del régimen actual como la reforma parcial propuesta por la ley terminan, en los hechos, reproduciendo la misma lógica: la permanencia de una economía rural de baja productividad y limitada a la subsistencia.
No se trata de intenciones, sino de efectos. El país queda así atrapado entre dos posiciones incompletas: una que protege la tierra sin transformar su condición económica y otra que introduce mecanismos de mercado sin alterar la base estructural. Las consecuencias ya son visibles: baja productividad rural, migración hacia las ciudades, crecimiento de la “informalidad”.
La “informalidad” no surge por casualidad. Es el resultado de una economía rural que no logra generar ingresos suficientes. El debate, entonces, no debería centrarse en estar a favor o en contra de la Ley 1720. La verdadera cuestión es otra: ¿cómo transformar el régimen de propiedad para que el campesino pueda decidir económicamente sobre la tierra sin perderla? Mientras esta pregunta no sea enfrentada, Bolivia seguirá oscilando entre la defensa de la tierra y la falta de desarrollo. Y en ese equilibrio, la subsistencia deja de ser una etapa para convertirse en estructura.
