
Una aeronave de navegación experimental. Foto: Naabol
Navegación Aérea y Aeropuertos Bolivianos (Naabol) informó este jueves que las aeronaves clasificadas como experimentales no están autorizadas para realizar transporte de pasajeros con fines comerciales o turísticos, en estricto cumplimiento de la normativa aeronáutica vigente en el país.
El pronunciamiento surge tras observaciones sobre la operación de la aeronave de ala rotatoria (autogiro) con matrícula experimental CP-X3235 en el Aeropuerto “Tito Yupanqui” de Copacabana, actividad vinculada a servicios turísticos en la región.
Según explicó la institución, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) establece que este tipo de aeronaves tiene un uso limitado exclusivamente a pruebas, investigación o fines privados, por lo que no puede ser habilitado para el traslado de pasajeros en actividades comerciales.
Aeronave
Naabol recordó que estas disposiciones están respaldadas por la Reglamentación Aeronáutica Boliviana (RAB), la Ley N° 2902 de Aeronáutica Civil y estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), orientados a garantizar la seguridad operacional y la protección de los usuarios del transporte aéreo.
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En ese marco, la entidad aclaró que no tiene competencia para autorizar operaciones que contravengan la normativa vigente, ya que su función se limita a la aplicación técnica y administrativa de las disposiciones emitidas por la autoridad aeronáutica competente.
Al mismo tiempo, Naabol reiteró su compromiso con el desarrollo del turismo en el país, señalando que respalda iniciativas que se ejecuten dentro del marco legal, con aeronaves certificadas y operadores debidamente autorizados.
Finalmente, la institución expresó su disposición al diálogo y a la coordinación interinstitucional para promover alternativas seguras que impulsen el turismo. Y contribuyan al desarrollo económico regional, priorizando en todo momento la seguridad operacional.
