Santa Cruz. El abogado Waminqa Serrano afirmó que la reciente tutela constitucional no anuló la sentencia 531/2024 favorable a la familia.
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«Lo que ha pasado ayer es que hay dos procesos: una sentencia ejecutaria firme que se está ejecutando y han hecho una acción popular. Esa acción popular les ha concedido el derecho a la tutela colectiva y ha exhortado al municipio y al Concejo que hagan lo posible para que se mantenga. No ha dejado de lado la sentencia constitucional. Sigue firme«, apuntó la defensa.
Serrano sostuvo que la resolución conocida recientemente solo concedió una tutela colectiva relacionada con el derecho al espacio público, pero que la sentencia constitucional favorable a la familia Crapuzzi continúa. Añadió
El abogado cuestionó los argumentos utilizados por la sala constitucional y aseguró que se aplicó jurisprudencia que «no guarda relación con el caso Mutualista». Según la autoridad, el fundamento presentado por la Alcaldía es «forzado».
«No estamos de acuerdo con las fundamentaciones que han hecho, porque han utilizado jurisprudencia que no es análoga, han forzado su fundamentación. En varias ocasiones han dicho que no estaban revisando y hacían mención a la sentencia, forzando un hecho. Pero lo que se ha demostrado es que la sentencia 531 ha anulado una ley confiscatoria», explicó.
Asimismo, reiteró que la ley municipal 417 fue anulada por la sentencia constitucional debido a que, según su posición, declaraba el predio como bien de dominio público sin respaldo documental.
“La ley 417 era una ley que declara bien de dominio público sin respaldo documental. Ese respaldo documental nosotros lo hemos demostrado durante todo el proceso», mantuvo.
Según la defensa, la Alcaldía no tiene titularidad del predio
Serrano aseguró que la familia Crapuzzi cuenta con documentación que acredita la propiedad del terreno desde hace décadas y afirmó que los antecedentes registrales se remontan hasta 1952.
«La Alcaldía no tiene título y ayer lo volvió a confesar. La alcaldía dice que el señor Crapuzzi, su título es del Segundo Anillo Paraguay. Y es verdad, pero es otra propiedad. La propiedad de la soledad que ellos propiamente han identificado. Pero lo que también tiene que saber la gente es que los pagos a los Dominguez y a los Toa vienen del mismo título», señaló.
Según explicó, el municipio habría reconocido durante la audiencia que los títulos vinculados a la familia Crapuzzi corresponden a otra propiedad ubicada entre el segundo anillo y la avenida Paraguá.
«Si la Alcaldía pretende ser dueña, debe pagar la expropiación. Si la alcaldía nos quiere iniciar procesos ordinarios, debe ser con otra documentación.
No con la documentación que se ha discutido en el tribunal, porque eso dice la ley. Dos veces por la misma causa no pueden utilizar la misma documentación que ya fue analizada. La sentencia sigue firme», añadió.
Ley municipal
En caso de que el Concejo Municipal apruebe una nueva ley para declarar el predio donde está ubicado el mercado Mutualista como bien de dominio público, el abogado advirtió que la misma podría ser anulada por el Tribunal Constitucional debido a que existe la sentencia vigente a favor de los Crapuzzi.
«(El Concejo) va a hacer una ley de dominio. Les advertimos, van a cometer delito y va a pasar lo mismo que con esto porque el tribunal va a anular. No puede sobreponerse a un derecho propietario. Si lo quieren el mercado, que lo paguen; pero no le mientan a la gente«, expresó.
El abogado también sostuvo que la Alcaldía debería acudir a la justicia ordinaria si pretende iniciar nuevos procesos sobre el caso y remarcó que no podría volver a utilizar documentación que ya fue analizada anteriormente en instancias judiciales.