En el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia hubo empate en el momento de aprobar las penalidades.
Pese a faltas graves, vocales de Chuquisaca no son sancionados
La Ley de Régimen Electoral establece que el proceso disciplinario por faltas leves, graves o muy graves podrá comenzar de oficio o por denuncia. Presidente señala que algunos vocales dejan “mucho que desear”.
Foto: Vocales del TED de Chuquisaca durante el cómputo de votos.
Pese a las «faltas graves” que cometieron los cinco vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, éstos no fueron sancionados debido al empate que se registró en sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) cuando definían las penalidades.
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El jueves, los vocales del TSE reunidos en sala plena identificaron «indicios de responsabilidad” en los vocales de Chuquisaca porque se «guardaron” las apelaciones y notificaron a los partidos 13 días después de que aprobaron la Resolución 061/2015 del 26 de marzo, que anula los votos del FRI.
Al identificar la faltas, los vocales sugirieron sanciones. Las propuestas fueron sometidas a votación, pero hubo un empate. Tres vocales votaron por una sanción disciplinaria, otros tres votaron por la sanción pecunaria o multa.
«No podemos aplicar ninguna de las dos cosas, porque no hemos logrado obtener el quórum que establece la norma, por lo menos cuatro votos, para que cualquiera de las situaciones pueda darse”, explicó la vocal del TSE, Fanny Rivas, según reportó ABI.
Ninguno de los planteamientos fue aprobado porque no se logró el quórum requerido por ley -al menos cuatro votos para aprobar una medida-, tomando en cuenta que de los siete vocales nacionales, la vocal Dina Chuquimia está de vacaciones.
Página Siete conoció que en los próximos días el TSE instalará una reunión de sala plena para definir si los vocales de Chuquisaca son sancionados o no.
La Ley de Régimen Electoral establece que sala plena del TSE es la autoridad competente para sustanciar los procesos disciplinarios por faltas leves, graves y muy graves de vocales.
De acuerdo a la norma, el proceso disciplinario por faltas leves, graves o muy graves se podrá iniciar de oficio o por denuncia.
Cuando el proceso se inicie de oficio, la sala plena dispondrá, mediante auto fundado, la apertura del proceso. Cuando es por denuncia, el TSE encomienda una investigación previa y el informe deberá ser remitido a la instancia que corresponda en un plazo no mayor a cinco días. En ese marco, si se evidencian faltas, sala plena dispondrá el inicio del proceso o archivo.
El proceso dura al menos 11 días. Pasado ese tiempo, sala plena dicta una resolución que es inapelable y definitiva.
Punto de vista
Fernando ARTEAGA
Exsecretario de Cámara TSE
Deben instalar proceso de oficio
Los vocales del TSE, al identificar las faltas, tienen la obligación de iniciar de oficio un proceso contra vocales.
La Ley de Régimen Electoral establece que el vocal que conociera la comisión de una falta está obligado a ponerla a conocimiento en un plazo de 24 horas, bajo responsabilidad. Ya lo hicieron, ahora esperemos que cumplan con la normativa y los vocales de Chuquisaca sean sancionados como corresponde por ley.
Ahora, si durante el proceso disciplinario los vocales identifican indicios de responsabilidad civil y/o penal, remitirán los actuados a la autoridad competente, en este caso ante las autoridades judiciales.
Si los vocales de Chuquisaca cometieron faltas graves o muy graves, sala plena del TSE debe disponer la suspensión de los vocales demandados como medida provisional mientras dure el proceso. Si es comprobada la falta, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 88 de la Ley electoral.