Niegan acción de libertad presentada por el general Prado


Los jueces que conocieron la solicitud señalaron que no se vulneraron los derechos del militar en servicio pasivo

Gary Prado y Otto Ritter explicaron los fundamentos de su pedido

Gary Prado y Otto Ritter explicaron los fundamentos de su pedido

El Tribunal Noveno de Sentencia, compuesto por los jueces técnicos Tadea Amanda Alba, Carmen Roxana Méndez y Wilson Espada, negó el pedido de acción de libertad presentado por los abogados del general en servicio pasivo Gary Prado Salmón, que pidió no seguir siendo enjuiciado en el caso por supuesto terrorismo a través de un sistema online desde la habitación de su casa.



El planteamiento en el que fundamentaron su pedido los abogados de Prado se sustenta principalmente en la vulneración del derecho a la intimidad al que es sometido el militar, que tiene en el dormitorio donde se recupera de una operación a la que fue sometido hace tiempo.
Los abogados Otto Ritter y Gary Prado Araúz argumentaron que el militar está siendo indebidamente procesado y que se tenía que terminar con la forma online en la que se sigue el juicio.

Los miembros del Tribunal Primero de Sentencia de La Paz aseguraron que se actuó de forma legal y que no se violó ningún derecho constitucional del general Prado.

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La decisión
Alba, Méndez y Espada, los jueces que resolvieron el recurso planteado por Prado, votaron de manera unánime por que se rechace el pedido y aseguraron, en sus argumentaciones, que no se violaron derechos constitucionales.

Los miembros del Tribunal Noveno de Sentencia dispusieron que la decisión que asumieron sean remitida al Tribunal Constitucional. Mientras tanto, el lunes 21 de este mes, el general Prado deberá ser parte del reinicio de las audiencias del juicio desde su casa, pese a sus reclamos

Fuente: eldeber.com.bo