El avasallamiento a predios del ingenio San Aurelio en Santa Cruz –que se suma a otros actos similares en otras regiones del país– ha repuesto en la agenda de debate el tema de la propiedad urbana.
Para el efecto, conviene recordar que la Constitución Política del Estado establece que toda “persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada que dignifiquen la vida familiar y comunitaria”; que el Estado debe ejecutar planes de vivienda social. Además, garantiza el derecho a la propiedad privada individual o colectiva, “siempre que ésta cumpla una función social” y que el “uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo”. Finalmente, que la “expropiación se impondrá por causa de necesidad o utilidad pública”, pero que la propiedad inmueble “no está sujeta a reversión”.
Es importante destacar la Constitución porque se encuentra en proceso de elaboración la reforma de la Ley 2.372, de Regulación del Derecho Propietario Urbano. Es de esperar que las autoridades del gobierno impulsen un proceso de concertación sobre este delicado tema y no decidan dar curso a sus propias percepciones o intereses. Este temor es real porque en algunas instancias del Órgano Ejecutivo hay simpatía –por decir lo menos– por quienes se dedican a invadir predios privados, así actúen para lotearlos en beneficio no de los ciudadanos carentes de vivienda sino de dirigentes inescrupulosos que los utilizan para obtener pingües ganancias. Por ello, es importante que sepan que hay “expectativa y temor” –como afirma el colega periódico El Deber” – sobre este tema.
Los Tiempos – Subeditorial
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas