Juez decide archivar el juicio contra periodistas


Proceso. Juzgador justificó por qué decidió mantener el caso en la justicia ordinaria.



Ref. Fotografia: Justicia. Los periodistas Yolanda Limpias y Elvis Toro en audiencia.

El juez Octavo de Sentencia de la Casa Judicial de la Pampa de la Isla, Johnny Zenteno, decidió extinguir el juicio contra la periodista Yolanda Limpias y el director del diario Extra, Elvis Toro.



Con ello, el juzgador también dispuso el archivo de obrados, pero dejó abierta la ventana, ya que el denunciante tiene tres días para apelar ante un tribunal superior.

Como se recordará, el ciudadano estadounidense David  White Paiz, denunció a la reportera de supuestas calumnias e injurias. 

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El caso se remonta al 2010, cuando la periodista publica una información de  violencia intrafamiliar de White contra su expareja, quien posteriormente fue testigo de Limpias.

Supuestos delitos prescribieron. Erika Oroza, abogada de Limpias, dijo que los supuestos delitos por las que fue denunciada ya prescribieron.

«Es una resolución formulada por  la defensa y queda el recurso de apelación si la parte demandante se sintiera agravada», afirmó.

Dijo que el juzgador no se pronunció sobre el fondo de la demanda por lo que corresponde el archivo del caso. Mientras que el extranjero denunciante, al terminar la audiencia salió del recinto judicial sin dar declaraciones a la prensa, por lo que se desconoce si presentará apelación de la resolución judicial. Por su parte, Héctor Aguilar, secretario ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, recomendó a la prensa, que cuando ocurra una denuncia contra un periodista, es importante que desde un principio se haga valer la Ley de Imprenta.  Caso contrario, expresó que indirectamente se estaría admitiendo la comisión del hecho.

Juez justifica su actuación. Después de más de 3 horas y media  y conocido el fallo, el juez Zenteno llamó a conferencia de prensa, para justificar por qué motivo ese caso se mantuvo en la justicia ordinaria y no por la vía de un jurado de Imprenta. «Muchos manifestaron que mi persona desconocía la Ley de Imprenta, siendo que su artículo 27, dice que los delitos de calumnia e injuria contra particulares quedan sujetos a la penalidad del Código y pertenece a tribunales ordinarios», explicó el juez Zenteno.

Fuente: eldia.com.bo