El Gobierno modifica la modalidad de aplicación del interés penal para los préstamos en mora. Pero beneficiará a los créditos nuevos, no a los vigentes, según indicó el Ministro de Economía, Luis Arce. El decreto supremo aprobado hoy establece que cuando el cliente vuelve para amortizar su deuda, entonces "paga capital, interés corriente y el interés penal sólo va a ser del período que estuvo en mora", puntualizó la autoridad.
Con esta medida se pretende que la aplicación de intereses sea "racional" en el "cobro del interés penal", evitando que el cliente pague éste por la totalidad del monto prestado. También se quiere apoyar al sector productivo para que la carga no sea tan pesada, cuando entran en mora sus créditos.
El Ministro de Economía dejó en claro que la norma entra en vigor una vez publicada, por lo que "los contratos y los créditos que ya se han establecido hasta la fecha, mantienen la normativa que originalmente los determinó".
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