Plantea que el Legislativo interprete los veredictos del Tribunal Constitucional. Expertos advierten control político y usurpación de funciones. Abogados observan 5 puntos de la Ley del TC.
Debate: senadores durante la sesión que se realizó ayer en la Cámara Alta
La Prensa
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MAS plantea que la Asamblea revise veredictos del Tribunal
Análisis: Opositores y constitucionalistas señalan que esto provocará usurpación de funciones de parte del Órgano Legislativo.
El proyecto de Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) propuesto por el Movimiento Al Socialismo (MAS) abre una puerta para que la Asamblea Legislativa interprete los fallos del Tribunal Constitucional; no obstante, congresistas del oficialismo insisten en que las competencias de ambas instituciones se hallan bien establecidas.
Abogados constitucionalistas y legisladores opositores observaron este planteamiento incluido en el parágrafo III del artículo 4 de la propuesta, que fue aprobada en detalle por la Cámara de Diputados cerca de la medianoche del miércoles, y advirtieron que da paso a una duplicidad de funciones entre ambas entidades.
El texto en cuestión señala que “el Tribunal Constitucional Plurinacional en su labor de guardián de la Constitución Política del Estado es el intérprete supremo de la Ley Fundamental (la Carta Magna) sin perjuicio de la facultad interpretativa que tiene la Asamblea Legislativa como órgano depositario de la soberanía popular”.
En principio, la redacción señalaba que “la Asamblea Legislativa es el intérprete auténtico de la Constitución”.
Este texto fue observado por la oposición y por el Movimiento Sin Miedo (MSM), ex aliado masista. El jefe de bancada del opositor Plan Progreso para Bolivia-Convergencia Nacional (PPB-CN), Mauricio Muñoz, manifestó que con la primera propuesta del oficialismo se posibilitaba que la Asamblea Legislativa pueda interpretar los fallos del TCP.
Sin embargo, con la modificación que se hizo, manifestó, no se cambia la figura porque se mantiene la facultad interpretativa constitucional del Órgano Legislativo. En criterio del diputado Fabián Yaksic (MSM), la primera propuesta del MAS daba a entender una duplicidad de funciones. La diputada de Unidad Nacional (UN) Elizabeth Reyes afirmó que lo que el masismo quiere es que la Asamblea interprete la Constitución “en casos como la reelección presidencial, las leyes cortas que le permitan hacer lo que quiera sin que haya control consitucional”.
El oficialismo rechazó esas observaciones porque, según la presidenta masista de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Cecilia Ayllón, en el proyecto de ley “se reconoce de manera expresa que el intérprete supremo de la Constitución es el Tribunal Constitucional”.
El presidente de la Comisión de Constitución de Diputados, Juan Carlos Cejas (MAS), descartó que la norma pueda dar pie a que el Legislativo interprete los fallos del TC. “Los fallos del Tribunal los interpreta el mismo Tribunal, no nosotros”.
El ex viceministro de Justicia Carlos Alarcón, consultado por La Prensa, explicó que al atribuirle a la Asamblea Legislativa la facultad de “intérprete auténtico”, se “usurpa las funciones del Tribunal” y subordina esta instancia a la Asamblea. Además, dijo, el intérprete auténtico de la Carta Magna es la Asamblea Constituyente y no el Legislativo, pues es de la primera de donde emerge la Ley Fundamental del Estado. Si se le resta el carácter auténtico, acotó, igual se crea “una duplicidad de funciones e interpretaciones” y si es así “¿qué interpretación va a prevalecer?”.
Similar posición emitió el ex Defensor del Pueblo y constitucionalista Waldo Albarracín, quien dijo que la función principal de la Asamblea Legislativa es dictar leyes, por consiguiente, “no puede ser que ella misma sea la encargada de intepretar la Constitución, para ello hemos creado el Tribunal Constitucional”.
“No se puede crear dos instituciones que tengan las misma atribución”.
En cambio, para el magistrado del Tribunal Constitucional y vocero de éste, Ernesto Félix Mur, “es una exageración forzar esa circunstancia en la que la interpretación jurídica del Tribunal vaya a chocar con la interpretación auténtica de la Constitución que hará la Asamblea en determinadas circunstancias”.
Aclaró que la Asamblea Legislativa requerirá interpretar la Carta Magna cuando se requiera hacer reformas a la Ley Fundamental y para ello la misma Constitución le da la facultad de constituirse en un órgano constituyente.
Mujeres observan proyecto masista
Representantes de organizaciones de mujeres del país denunciaron que el proyecto de Ley del Tribunal Constitucional, aprobado por la Cámara de Diputados, no incluyó ningún artículo para garantizar la paridad en la representación de sus miembros, de acuerdo con la Constitución Política.
Según la propuesta legal, en su artículo 12, referido al número de integrantes, el Tribunal Constitucional estaría conformado por siete “Magistradas y Magistrados titulares y siete Magistradas y Magistrados suplentes”; sin embargo, no se incluyó ningún mecanismo que garantice la equidad de género.
Las dirigentes que presenciaron el tratamiento de la norma indicaron que a pesar de que este punto fue cuestionado en el debate, los argumentos de la Comisión para no incluir este aspecto no fueron suficientemente claros.
Lo que dice el proyecto
Artículo 4 (Supremacía Constitucional)
I.- La Constitución Política del Estado Plurinacional es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa.
II.- El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos, y las normas de Derecho Comunitario ratificados por el país.
III.- El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su labor de guardián de la Constitución Política del Estado, es el intérprete supremo de la Ley Fundamental sin perjuicio de la facultad interpretativa que tiene la Asamblea Legislativa Plurinacional como órgano depositario de la soberanía popular.
IV.- Cuando una norma jurídica acepte más de una interpretación, el Tribunal Constitucional Plurinacional, bajo el principio de conservación de la norma, adoptará la interpretación que concuerde con el texto constitucional.
Abogados observan 5 puntos de la Ley del TC
La Asamblea Legislativa avanza en el debate de las leyes estructurales
La Paz, La Razón.- El Colegio Nacional de Abogados observó al menos cinco puntos del proyecto de Ley del Tribunal Constitucional y pidió a la Asamblea Legislativa modificar o eliminar algunos artículos de la norma.
Una de las observaciones centrales se refiere a que el proyecto establece la presunción de constitucionalidad de toda ley, decreto o resolución. Para la entidad colegiada, este artículo se debe eliminar porque “toda persona y órgano público… tienen la obligación de aplicar la supremacía de la norma constitucional”.
Además, advierte que “no corresponde señalar a la Asamblea Legislativa como ‘intérprete auténtica’ de la Constitución”, pues esta labor es del Tribunal Constitucional. Otro aspecto que el Colegio de Abogados sugiere modificar son algunos requisitos para ser magistrado del Tribunal.
Además plantea que sean 13 magistrados, nueve por jurisdicción departamental, tres que provengan del sistema indígena y uno nacional. Finalmente proponen que la elección de postulantes a magistrados sea exclusivamente por méritos profesionales.
Las observaciones fueron expuestas en una misiva que envió el presidente de la entidad colegiada, Edwin Rojas, al titular de la Cámara de Diputados, Héctor Arce. Entretanto, el proyecto de Ley del Tribunal Constitucional es debatido en el Senado.
La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Cecilia Ayllón, indicó que ahora corresponde al Senado evaluar los cambios sugeridos.