Concejo municipal valida una sesión en chichería de Punata


En la «sesión» del 12 de agosto en una chichería reemplazaron al alcalde titular Víctor Balderrama de IMU, por Leticia Camacho, del MAS.

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Concejales en sesión ratifican nombramiento de alcaldesa del MAS -foto: Rubén Rodríguez



OPINIÓN

Concejo valida una sesión en chichería de Punata

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Suspenden al Alcalde. Letizia Camacho (MAS) reemplaza a Víctor Balderrama (IMU)

El Concejo Municipal validó ayer la extraña sesión realizada el 12 de agosto en una chichería. En esa fecha reemplazó al alcalde titular Víctor Balderrama de la agrupación ciudadana Insurgente Martín Uchu (IMU), por Leticia Camacho, del Movimiento Al Socialismo (MAS).

Balderrama ganó con el 73.8% de la preferencia electoral en las elecciones y en el Concejo 74.6%.

EN CHICHERÍA

La sesión que dio lugar a la suspensión de Balderrama y al nombramiento de Camacho fue calificada de “irregular” por la concejal Silvia Jaldín (IMU).

Jaldín increpó en la sesión de ayer a sus similares por no haber sido convocada en el plazo dispuesto. Señaló que la audiencia debió ser pública, pero que se la realizó a “hurtadillas” en una chichería cerca de Tajamar, en Laguna Sulti. Dijo que no pudo participar en la sesión porque desconocía el lugar preciso de la reunión. Los medios de comunicación indagaron, pero no dieron con el sitio preciso.

El 11 de agosto, un día antes de la sesión en la chichería, fueron detenidos y encarcelados  tres concejales; Jorge Tobías Arnez, Eufrocina Rosas Terceros y Guido Jaimes Flores de la agrupación IMU acusados  por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes. El 12 de agosto fueron liberados para participar de la sesión  de Concejo.

Ayer, la mayoría de los concejales validaron la sesión del 12 de agosto. Sólo Silvia Jaldín se opuso y protestó, pero no fue escuchada.

Cursan dos pliegos acusatorios que incriminan a Víctor Balderrama en supuestos delitos de violación sexual; resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, además de incumplimiento de deberes, tipificados en los artículos 153 y 154 del Código Penal.