Equidad y cuota indígena ponen en duda meritocracia en elección judicial de Bolivia


Expertos ven dudas en la elección judicial 2017. Temor. Por dar cumplimiento al mecanismo de la paridad y la presencia originaria se podría dejar fuera a aspirantes probos.

Equidad y cuota indígena ponen en duda meritocracia

Equidad-y-cuota-indigena--ponen-en-duda-meritocraciaRef. Fotografia: Asamblea. Las comisiones de Constitución y Justicia Plural serán las encargadas de todo el proceso.El proceso de preselección de postulantes para la elección judicial, prevista para el mes de octubre de este año, según el reglamento prevé la incorporación de alternancia de género y participación indígena. Ambos mecanismos, según expertos, limita de manera automática la apuesta por dar cumplimiento a  la meritocracia.»Es bueno que en la Constitución Política del Estado (CPE), se reconozca la discriminación positiva, en el sentido que se incorpore a sectores que han sido excluidos históricamente. Pero cuando nos referimos al Órgano Judicial, donde no se tratan políticas de Estado, sino de administración de justicia, para el cual se requiere una persona que tenga alta  formación académica, profesional y ética, ahí se genera limitaciones naturales al proceso», señala Marcelo Arrázola, presidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz.Escrito está. El segundo párrafo del artículo 22 del Reglamento de preselección, aprobado el pasado fin de semana, señala: «Si falta un representante indígena o no se llega al cupo de igualdad de género, se habilita la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación, que sea indígena o mujer según corresponda», señala la normativa ya en vigencia.Esto supone, señala Arrázola, que no necesariamente se incluyan a los profesionales mejor calificados del país en el proceso de preselección a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).Mas aún, cita el jurista, si los postulantes en términos de paridad y cuota indígena, no lograsen superar la calificación mínima de los 56 puntos como reza el artículo 23. «Por cada cargo convocado así como la calificación de cada postulante, que no deberá ser inferior a 56 puntos», dice la norma.Por su parte, Silvia Salame, presidenta del Colegio de Abogados de Chuquisaca, señaló que a su criterio, el incluir la paridad de género en el reglamento es “un absurdo”, cuando el proceso radica en la capacidad e idoneidad de los postulantes. «Esto de la paridad es un absurdo, en mi criterio, dado que en este proceso no es importante la competencia de géneros. Lo importante es hacer prevalecer la meritocracia basada en la capacidad e idoneidad de la futura autoridad judicial», precisó.Sin embargo, Salame remarcó que en términos de la “cuota indígena”, es apropiado la incorporación de sectores indígenas en dicho proceso, cuyo mecanismo abre una presencia significativa sobre todo en la máxima instancia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).Cambio de la CPE. José Luis Santistevan, abogado constitucionalista, señala que la alternancia de la paridad y la presencia indígena, son dos mecanismos que están constitucionalizados y como tal, el reglamento de preselección lo único que hizo fue dar viabilidad de la manera como está escrito en el artículo 22.»Lamentablemente la discriminación en positiva está siendo mal interpretado. El problema, es que no se puede paralizar el proceso si acaso, como dice el reglamento, no hubieran calificado por encima de la nota establecida, por prelación se reemplaza por quien sigue con la mejor nota», manifestó.Además, señaló para evitar que esos dos mecanismos no se incluyan en la elección judicial, donde el proceso debería ser de categoría universal, se debe modificar la Constitución.A su vez, Jimena Costa, diputada de Unidad Demócrata, afirma que lo más grave a todo ello es que los habilitados con 56 puntos para arriba tampoco tienen garantizada  la preselección, dado que la ALP elige por mayoría de los votos, donde el MAS cuenta con la fortaleza de los dos tercios. «La observación de fondo radica que en ninguno de los puntos dice que la Asamblea seleccionará a los mejores calificados que encabezan las listas. Nada obliga a la Asamblea respetar esos resultados de la preselección», argumentó.Según el artículo 25El reglamento ordena la preselecciónPara el TCP.  Se preseleccionará hasta cuatro postulantes por cada departamento, de los cuales 50% serán mujeres y al menos una persona será (1) de origen indígena originario campesino.Para el TSJ. Se seleccionará hasta cuatro postulantes por cada departamento, en dos listas separadas de mujeres y de hombres, garantizando que el 50% sean mujeres y la presencia de al menos una persona de origen indígena originario campesino.El resto. Para el Tribunal Agroambiental se preseleccionará 14 postulantes y para el Consejo de la Magistratura se preseleccionará hasta un máximo de 10 postulantes. En ambos casos, deben incorporar la presencia del 50% de mujeres y la inclusión de postulantes de origen indígena originario campesino. Para ambas instancias la votación es nacional.EL DÍA