Asamblea de la Cruceñidad inició el proceso de reforma del Estatuto Cívico

DSCN0761 La Asamblea de la Cruceñidad realizada en la noche del martes 7 de diciembre resolvió impulsar el proceso de reforma del Estatuto del Comité Pro Santa Cruz, para ajustar la estructura institucional del ente cívico al “crecimiento acelerado de Santa Cruz”.

Resolución de la Asamblea de la Cruceñidad

El Comité pro Santa Cruz, a través de su máximo órgano de decisión, la Asamblea de la Cruceñidad, CONSIDERA:

Que el Estatuto en vigencia del Comité pro Santa Cruz ha normado el funcionamiento de nuestra entidad cívica por más de 13 años y que este Estatuto muy sabiamente permitió articular, durante varios años, la representación institucional de todo el departamento y promover cambios sustanciales en beneficio de la región y del país.



Que en los últimos años, el crecimiento acelerado de Santa Cruz ha modificado la estructura institucional departamental, crecimiento que ha sido fruto del propio esfuerzo del pueblo cruceño y de sus instituciones.

Que estos cambios nos obligan, como organización matriz cívica que aglutina a la representación institucional cruceña, a ajustar la estructura interna a esta nueva realidad regional para fortalecernos y cumplir con el rol de aglutinador de la sociedad civil organizada de Santa Cruz.

Que todo lo antes expuesto ha motivado la convocatoria a esta Asamblea Extraordinaria de la Cruceñidad por parte del Presidente con el objeto de cumplir con el procedimiento de reforma que establece el artículo 19 inciso b) de nuestro Estatuto Orgánico.

Por tanto, la Asamblea de la Cruceñidad, máximo órgano de decisión del Comité pro Santa Cruz, en uso de sus legítimas facultades conferidas por su estatuto, RESUELVE:

1. Aprobar la necesidad de reforma parcial del Estatuto Orgánico del Comité pro Santa Cruz del 13 de enero de 1997.

2. Crear una Comisión de Reforma Estatutaria integrada por los siguientes miembros de la Asamblea: Nicolás Ribera, Fernando Cuellar, Manfredo Bravo, Luis Alberto Áñez, Jorge Parada, Edwin Fernández, Wilberto Zurita y Ana Maria Zankis, Raúl Ayala, Julio Kemppf, Donaldo Chicora, Percy Calzadilla, Julia Gutiérrez de Parada y Eduardo Gutiérrez.

3. Autorizar a la Comisión de Reforma Estatutaria la elaboración de una propuesta de modificación de los siguientes artículos: Articulo 3; Articulo 6; artículo 10; Articulo 50; Articulo 51; Articulo 52; Artículo 53; Artículo 54; Artículo 55; Artículo 56; Artículo 57.

Asimismo, esta Asamblea faculta a la Comisión de Reforma Estatutaria para analizar y proponer la adecuación y concordancia de otros artículos a los aquí mencionados a efectos de compatibilizar el nuevo contenido.

4. Convocar a la Asamblea Extraordinaria de la Cruceñidad para el día 6 de enero de 2011 a las 18.30 horas a efecto de considerar, de acuerdo a lo establecido en el articulo 19 inciso b), el proyecto de reforma definitivo. En ese sentido, se instruye a la Comisión de Reforma Estatutaria tener el proyecto de reforma concluido para la realización de la mencionada Asamblea.

Es dada en el Salón Colonial del Comité pro Santa Cruz, a las veintitrés horas del día siete de diciembre del año dos mil diez.