Diputado del MAS contrario a endurecer penas contra los acosadores de mujeres políticas

El presidente de la Comisión de DDHH, Lucio Marca, justifica la disminución de sanciones en el proyecto de ley porque dice que el acoso político contra las mujeres no será erradicado con el endurecimiento de penas.

Marca: Endurecer penas contra los acosadores de mujeres políticas no cambiará la realidad

La Paz, 10 de abril (Oxígeno).- El presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Lucio Marca, opinó que el acoso político contra las mujeres no será erradicado con el endurecimiento de penas, al explicar la disminución en las sanciones estipuladas en un proyecto de ley contra los acosadores de mujeres que incursionan en la arena política.



imageLucio Marca, foto archivo La Patria

“Lo que se tiene que ver es que con el endurecimiento no vamos a cambiar la realidad. La conducta en el tema de género debe cambiarse en el transcurso del tiempo, de manera progresiva. Cambiar con una ley más de un siglo de patriarcalismo y de machismo es muy exagerado”, aseguró Marca.

La Asociación de Concejalas de Bolivia, mediante Asunta Melgar, criticó la modificación del proyecto de ley que se encuentra en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La Comisión de Derechos Humanos fue la instancia que aprobó el proyecto de Ley de Acoso Político contra las mujeres, reduciendo las penas de ocho a a seis años de cárcel.

La  diputada y vocal del Comité de Jurisdicción Ordinaria de la Comisión de la Justicia Plural, Marianela Paco, denunció que la normativa ablandaba las sanciones debido a que la comisión no cuenta con una mayoría de legisladoras.

De acuerdo con el diputado Marca, los seis años de cárcel como pena máxima para los varones que cometan acoso o violencia política contra las mujeres, es una muestra de la lucha contra la discriminación; antes la sanción no superaba los tres años.

Marca aseguró que la votación de los legisladores miembros de la comisión de Derechos Humanos fue objetiva y que la presencia mayoritaria de varones no fue influyente para tomar la decisión de disminuir las penas.

“Me hubiese gustado que la comisión de DDHH sea sólo de mujeres, pero a partir de la Presidencia no puedo hacer nada. Son distribuciones institucionales. Debemos entender que hay legisladoras que están adscritas como la presidenta del Senado, Gabriela Montaño que ha apoyado esta forma de sanción”, dijo el diputado.

“Debemos trabajar en el principio de proximidad, donde la sanción no sea muy leve ni muy grave para que exista una sanción que vaya implementándose de manera paulatina”, aseguró.

La crítica de Acobol

Por su parte, la vocal de la Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol) y presidenta de la Asociación de Concejalas de Santa Cruz (Acocruz, Asunta Melgar, explicó no tener información de las modificaciones que se realizaron a la normativa propuesta por estas instituciones.

Argumentó que la pena de ocho años de cárcel como máximo es la demanda ante la necesidad, debido a que en el interior del país el acoso político se sufre con mayor frecuencia lo que no se daría en el occidente del país.

Reveló que no se conocía de las modificaciones en sus organizaciones y que se espera que en los próximos días se convoque a una reunión para que se informe de  las actividades de la Asamblea Legislativa.

“En el occidente no se dan casos de acoso político pero en el interior del país sí. Existiendo esa necesidad se ha propuesto los ochos años de cárcel porque habían muchos casos y ahora que lo minimicen no estoy de acuerdo (…) si no hay una penalidad fuerte no se podrá combatir el acoso”, dijo la autoridad.

El Artículo 20 del proyecto de ley contra el acoso apolítico referido a los nuevos tipos penales pide la incorporación de dos figuras jurídicas en el Código Penal el capítulo de Delitos contra la Función Pública. A continuación la sugerencia normativa para las sanciones.

Art. 270 Bis. (ACOSO POLÍTICO CONTRA MUJERES).- Quien o quienesrealicen actos de presión, persecución, hostigamiento y/o amenazas en contra de una mujer y/o de sus familiares, durante o después del proceso electoral, electa, designada o en el ejercicio de la función política – pública, que impida el ejercicio de su derecho político, será sancionado con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años.

Artículo 270 Ter. (VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA MUJERES).- Quien o quienes realicen actos y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político – pública y/o en contra de sus familiares, para acortar, suspender e impedir el ejercicio de la función política – publica, será sancionado con pena privativa de libertad de tres (3) a seis (6) años”.

Recientemente, un caso que causó polémica fue el presunto manoseo que realizaó el alcalde de Santa Cruz, Percy Fernández, a la presidenta suspendida del Concejo  cruceño Desirée Bravo.  

Medios de comunicación locales  e internacionales difundieron  las imágenes donde el burgomaestre tocaba el trasero de Bravo, quien se incomodó mientras daba un discurso ante un centenar de vecinos que presenció los hechos. Al día siguiente, la legisladora aseguró que el Alcalde no la manoseo, sino que pretendía sacar un papel del bolsillo de su pantalón los videos demuestran lo contrario.