Mar territorial boliviano

Franz Rafael Barrios González

CIJ Los plurinacionales, con su “demanda marítima”, pretenden que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya “obligue” a Chile a “negociar” la concesión de un territorio con soberanía para Bolivia en el océano Pacífico. No obstante, por la lógica imposibilidad de “obligar a negociar”, resulta obvio que dicha demanda, en realidad, solo busca obsequiarle a Chile la oportunidad para “legitimar” su ilícito dominio sobre nuestro territorio, a través de la “cosa juzgada” (sentencia) que oportunamente expedirá dicha corte. Sobre esto último, nos explicamos a continuación.

Con el reciente fallo expedido por la CIJ, Chile y Perú, sin autorización alguna, dispusieron del “mar territorial boliviano”. ¿O acaso antes de la Guerra del Pacífico, Chile y Perú poseían frontera terrestre y (por accesión) frontera marítima?



“El paralelo del grado 24 desde el mar hasta la Cordillera de los Andes en el divortia aquarum es el límite entre las repúblicas de Chile y de Bolivia”. La costa boliviana, y por ende nuestro codiciado mar territorial, se extendían entre los paralelos 21º40’ al norte y 24º’ al sur. Sin embargo, luego de que Chile nos despojara ilícitamente de nuestro territorio, fijó su frontera terrestre y marítima con Perú en el paralelo 18º21. Por tanto, como efecto del reciente “fallo ejecutoriado” e inapelable emitido por la CIJ, Chile no perdió, sino por el contrario, ganó con creces. Chile realizó su anhelada pretensión de “legitimar” (consolidar) definitiva y judicialmente, de sur a norte su ilícito dominio sobre el territorio costero boliviano y sobre la totalidad del mar territorial boliviano.

Asimismo Chile, en complicidad con el Perú, realizó su pretensión de “legitimar” definitiva y judicialmente su ilícito dominio sobre la parte sur del territorio costero peruano y sobre la parte sur del mar territorial peruano.

¿Que tal sentencia no afecta a la estrategia boliviana? ¡Por Dios, llamemos a las cosas por su nombre! El reciente fallo de la CIJ sepultó definitivamente la pretensión marítima boliviana. Para conseguir su “victoria pírrica” judicial, el Perú no solamente enajenó definitivamente su territorio y consintió el efecto de la victoria bélica chilena sobre su territorio, sino que también comprometió, sin derecho alguno, la costa y el mar territorial boliviano. En pocas, Chile y Perú dispusieron directa e indirectamente el mar territorial boliviano.

Entonces, por elemental lógica jurídica, cuando la demanda plurinacional sea elevada a consideración de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Chile y Perú, con sustento en el reciente fallo, argüirán (si acaso fueren jurídicamente despiertos, claro está) “excepción de res iudicata” (cosa juzgada) y aniquilarán para siempre la pretensión jurídica de reivindicación marítima boliviana.

Finalmente, el referido fallo expedido por la CIJ puso en vigencia un “nuevo Derecho” con carácter de “inapelable” (inmodificable) y, lamentablemente, oponible al sujeto de Derecho Internacional Público denominado Estado Plurinacional de Bolivia. Porque simplemente el objeto sobre el cual versó la disputa judicial peruano-chilena implica al mar territorial boliviano, pues Chile no sería vecino de Perú y no podría acceder al mar territorial peruano que usurpó, sino a través del mar territorial boliviano del cual se apoderó envidiosamente.

Diario Nuevo Sur – Tarija