Bolivia entiende por acceso la cesión de territorio, según Chile

El equipo nacional contesta que la respuesta de Chile es “engañosa». Santiago reitera que el propósito de Bolivia al solicitar “acceso soberano al mar” es un tema de fondo, por lo que no es competencia de la CIJ tratar este asunto.

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El equipo jurídico de Bolivia saluda a los representantes del Gobierno chileno en La Haya.



Página Siete / La Paz

La respuesta de Chile a la pregunta que hizo el juez de la Corte Internacional de Justicia (CI) de La Haya   Hisashi Owada  sobre qué entiende ese país como «acceso soberano al mar”, señala que Bolivia entiende por acceso soberano al mar  la transferencia de territorio de Chile a Bolivia.

«Al pedir a la Corte que declare que Chile tiene la obligación de ‘conceder a Bolivia un acceso plenamente soberano al océano Pacífico, Bolivia afirma que Chile tiene la obligación de transferir a Bolivia soberanía sobre territorio costero bañado por el océano Pacífico”, se lee en el documento que Chile envió el 15 de mayo ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya.

El alto tribunal de justicia  publicó ayer en su página web las respuestas de Bolivia y  Chile acerca  del «acceso soberano al mar”, término cuestionado por el magistrado  Owada, durante la dúplica de alegatos orales que Bolivia presentó el 8 de mayo.

«El significado de la expresión ‘acceso soberano al mar’, como es usado por Chile en la formulación de su objeción a la jurisdicción, es el mismo que el utilizado por Bolivia en su demanda y memorial”, destaca el documento según una traducción no oficial.

Asimismo, la respuesta del vecino país reitera que la petición de Bolivia es de fondo y que pretende modificar el Tratado de Paz  de 1904, firmado por ambos países. «(Hacerle caso a Bolivia) necesariamente perturbaría lo que fue establecido y se rige por el Tratado de Paz de 1904, y, por lo tanto, está fuera de la jurisdicción de la Corte por fuerza del artículo VI del Pacto de Bogotá”, se lee en otra parte de la respuesta de Chile a la CIJ.

No obstante, en los comentarios de Bolivia hacia la respuesta de Chile  se indica que la respuesta del vecino país es «engañosa”.

«En cuanto a las posibles modalidades de acceso soberano, la respuesta de Chile es engañosa. Se hace varias referencias a ‘cesión territorial’ en el Memorial de Bolivia, pero no menciona que todas estas referencias son o bien de las propias declaraciones unilaterales de Chile o de sus acuerdos repetidos con Bolivia para negociar el acceso soberano. La respuesta de Chile no hace más que confirmar lo que acordó en sucesivas ocasiones, aunque la existencia y el contenido específico de ese acuerdo es claramente un asunto de fondo”, resalta el documento boliviano ante la respuesta de Chile.

Agrega que Chile invoca varios párrafos de la memoria presentada a la CIJ «sin reconocer que éstos simplemente reproducen textualmente o de otra manera se refieren a los términos expresados en las propias declaraciones de Chile o de sus acuerdos con Bolivia independientemente del Tratado de 1904”.

Bolivia y Chile presentaron sus alegatos orales ante La Haya entre el 5 y 8 de mayo de 2015, frente al recurso de incompetencia presentado por el vecino país.

Santiago pide que la Corte se abstenga de conocer la demanda boliviana  porque supuestamente no hay asuntos pendientes con Bolivia tras la firma del Tratado de Paz de 1904.

Bolivia defiende la competencia del alto tribunal de justicia, que se pronunciará hasta fin de año si es competente o no.

Opinión

Heraldo Muñoz             

Ministro de RREE de Chile

Se reafirma la posición de Chile

La contradicción de Bolivia es evidente y flagrante. Esperamos que esta no respuesta de Bolivia sea considerada por los jueces.  Si Bolivia no la responde es porque responderla significaría reconocer que eso se contrapone al Tratado de 1904, que estableció de manera definitiva la frontera entre ambos países, que esto se contrapone con el artículo VI del Pacto de Bogotá  y, por lo tanto, la Corte tiene que declararse incompetente.

Se reafirma la argumentación de Chile porque cuando el juez preguntó, lo hizo además sobre cuáles eran las implicancias de esa definición para la jurisdicción. Lo que hace Bolivia es evitar responder una pregunta clara, que ya hicieron en los documentos de aplicación, en la demanda y en la memoria. Por escrito definen lo que es el acceso soberano al mar y ahora que el juez les pregunta sostienen que ésta es una materia para discutirse en el fondo.