Descartan ampliar plazo para pago del retroactivo

El pago retroactivo del incremento salarial por los meses de enero, febrero, marzo y abril debe pagarse hasta el 31 de mayo. Advierten sanciones para los infractores 

Los trabajadores fabriles plantean un salario mínimo nacional de 2.000 bolivianos y un incremento al sueldo básico del 15%

Este año se aprobó el 8,5% de aumento para la masa trabajadora y del 15% para el salario mínimo nacional 

Aníbal Melgar, jefe de la Dirección Departamental de Trabajo en Santa Cruz (DDT), ha confirmado que no se ampliará el plazo del pago retroactivo del incremento salarial del 8,5% que los empresarios deben hacer a favor de la clase trabajadora.



El primero de mayo, el Gobierno promulgó el decreto supremo 2346 que establece el incremento salarial para la gestión 2015 del 8,5% a la masa salarial, que alcanza a los servidores públicos incluido el presidente, y del 15% al salario mínimo nacional.

“El decreto 2346 establece que el pago del retroactivo por los meses de enero, febrero, marzo y abril debe hacerse efectivo hasta el 31 de mayo” afirmó Melgar, a tiempo de advertir que los empleadores que lo incumplan serán pasibles de sanciones, aunque no especificó de qué tipo.

Esta semana sale el reglamento

En cuanto a la reglamentación del decreto del incremento salarial, Melgar, aguarda que en el transcurso de esta semana se pueda tener esta norma que está siendo elaborada de manera conjunta entre los Ministerios de Economía y de Trabajo.

“La reglamentación que saldrá en estos días fijará los procedimientos para hacer efectivos los convenios salariales que alcancen la clase empleadora con los trabajadores. El incremento es del 8,5%, pero puede ser más, eso es depende de cada empresa, los reglamentos son solo para establecer algunas aclaraciones y no para modificar lo establecido”, añadió.

Fuente: eldeber.com.bo