Referéndum: Tribunal Electoral limita a 15 minutos la difusión de entrega de obras

[vid url=http://cd1.eju.tv/video/1406/PB1511110730.mp4]Red Uno

Reglamento. En el gobiernista MAS califican de ‘excesivas’ las nuevas reglas del Tribunal Electoral de Bolivia.



Autoridades. Los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), ayer en una rueda de prensa.Autoridades. Los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), ayer en una rueda de prensa. Luis Salazar.

La Razón / La Paz 

El Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral para el referéndum constitucional del 21 de febrero de 2016 limita a 15 minutos la “transmisión en vivo y directo” de actos de entregas de obras por parte de todas las entidades del Estado. Además, restringe la inducción a votar Sí o No.

El documento fue presentado oficialmente ayer por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), pese a que las actividades proselitistas iniciaron el 6 de noviembre y concluirán tres días antes de realizarse la consulta nacional, según el calendario electoral vigente.

La norma establece que “30 días previos a la votación no estará permitida la difusión de actos de entregas de obras de ningún nivel gubernamental, aunque admite la cobertura periodística o de tipo informativo”, en ese marco, “limita la transmisión en vivo y en directo de dichos actos a 15 minutos en cada caso”, señala el reglamento.

Norma. El gubernamental Movimiento Al Socialismo (MAS) calificó de “restrictivo” al reglamento y prevé una reunión de la bancada nacional para analizar su contenido y así verificar si no vulnera la Constitución Política y la Ley 026 de Régimen Electoral.

A diario, la televisora estatal Bolivia Tv transmite los actos, en distintos lugares del país, de entrega de obras en los que participa el presidente Evo Morales o el vicepresidente Álvaro García Linera, actividades que mínimo tienen una duración de  45 minutos.

“Nos parece un rigor excesivo y hay una confusión en lo que es la campaña electoral y una gestión de gobierno, afecta que se restrinja un mes la entrega de obras, porque el Presidente tiene un cronograma diario de entrega de esos proyectos; hay que ver si el reglamento se compatibiliza con los derechos establecidos en la Constitución y otras normas electorales”, manifestó Víctor Borda (MAS), vicepresidente de la Cámara de Diputados.

El referéndum busca modificar el artículo 168 de la Constitución para abrir paso a la segunda reelección presidencial continua, en lugar de una como señala el texto actual de la ley. En ese marco, organizaciones políticas y sociales han iniciado actividades proselitistas para impulsar el Sí o el No para la consulta de 2016. La Ley de Convocatoria para el Referéndum y el reglamento de propaganda autorizan que personas y organizaciones puedan hacer propaganda política sin necesidad de registro ante el TSE.

Empero, la normativa de campaña presentada ayer, prohíbe que el Gobierno central, los gobiernos subnacionales o las empresas del Estado “emitan spots o cuñas que contengan mensajes utilizando frases o imágenes que hagan referencia al Sí o al No”.

Asimismo, el reglamento de propaganda señala que desde un mes antes del referéndum, los distintos niveles de gobierno deberán suspender su propaganda en cualquier medio de comunicación, incluyendo páginas web y redes sociales oficiales.

Desde la pasada semana, la empresa Mi Teleférico y el Viceministerio de Seguridad Ciudadana emiten mensajes haciendo referencia al Sí en sus redes sociales oficiales. Ayer, durante una entrega de obras en Potosí, sectores sociales le dieron el “Sí a Morales” para su repostulación en los comicios previstos para diciembre de 2019.

Restricción y excepción

Disposición

Si bien el reglamento prohíbe 30 días antes del referéndum, la emisión de propaganda estatal, exime los mensajes referidos a situaciones de emergencia, siempre que no se use imágenes o voces de autoridades electas.