Carlos Mesa: ‘Chile interpreta fallo de forma sesgada’

El expresidente de Bolivia y portavoz de la demanda marítima analiza el proceso que siguió al fallo de la CIJ, respecto a su jurisdicción para dirimir la demanda marítima. Afirma que este tiempo sirvió para consolidar la tesis boliviana.Carlos Mesa. Foto: La RazónCarlos Mesa. Foto: La RazónLa Razón Digital / Luis Mealla / La Paz— ¿Qué elementos rescata de las reacciones de Chile tras el fallo del 24 de septiembre?— El tiempo siempre decanta las cosas. Hoy, está claro que el fallo fue claramente favorable a Bolivia, sin matices. La Corte establece en los antecedentes del fallo que Chile invadió militarmente a Bolivia, que el objeto de la controversia no es el Tratado sino los actos unilaterales de Chile, que el Tratado de 1904 no resolvió los temas pendientes entre ambos países y que el fallo deberá determinar si Chile tiene o no la obligación de negociar con nosotros para otorgarle al país un acceso soberano al mar.— En Chile, de inmediato, se conformó un equipo de expertos ¿esta acción fue una reacción inmediata a la derrota en el tribunal internacional?— Es evidente que si La Corte fallaba a favor de Chile, el juicio concluía en ese momento, al haber ganado Bolivia la demanda preliminar, Chile tuvo que trabajar en la contramemoria con un equipo reforzado.— Tras el fallo, Chile señala que el fallo no le afecta. Su principal argumento es que la CIJ no les puede obligar a negociar en virtud a plazos establecidos, según los párrafos 33 y 34 del fallo.¿Este argumento seguirá vigente en la nueva etapa del proceso judicial?— Eso no es correcto. La interpretación de ambos párrafos por parte de Chile es sesgada. Al haber establecido que el objeto de la controversia son los actos de Chile, el fallo debe referirse específicamente a la obligación o no de negociar. Es obvio que la Corte no puede adelantar ni establecer el resultado final que dependerá, si el fallo no es favorable, de una negociación bilateral, lo que en ningún caso quiere decir que la Corte haya afirmado que no puede fallar a propósito de una negociación cuyo resultado sea la soberanía.— ¿Considera usted que la demanda por el Silala fue una reacción de contingencia ?— Sí. Chile al demandar a Bolivia pretende equiparar la posición de ambos países, pero la naturaleza de ambos temas es muy distinta.— ¿Qué cambios hubo en la política y la estrategia marítima chilena tras ese fallo?— Chile se dio cuenta de que el escenario de nuestra controversia es más que lo estrictamente jurídico, pues la sensibilización de la comunidad internacional será clave a la hora de las decisiones, y en esa materia Bolivia ha hecho avances gigantescos. El cambio de su agente y su nueva política comunicacional es una prueba de ello y un reconocimiento del éxito de nuestra política de comunicación internacional.— Habrá otra ronda de alegatos ¿cuándo finalizará el juicio?— De manera tentativa y puramente hipotética, se podría suponer que el fallo se conocería en el primer semestre de 2019.