TSE analizará si prima carácter vinculante del 21F o del TCP que avala repostulación de Evo

Los vocales del Tribunal Supremo Electoral ratificaron que el referéndum del 21F está vigente, pero tienen un dilema con el carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio de la sentencia constitucional del TCP que avala la repostulación de Evo Morales y Álvaro García Linera.

Dlsn-QeXsAAL67VLos vocales en conferencia de prensa en el Hotel Europa. Foto: TSE

La Paz, 28 de agosto (ANF).- El Tribunal Supremo Electoral ratificó este martes que el referéndum del 21 de febrero de 2016 es vinculante y de cumplimiento obligatorio. No obstante analizará si prevalece el 21F o la sentencia del Tribunal Constitucional que avala repostulación de Evo Morales y Álvaro García Linera, porque ambos son vinculantes y de carácter obligatorio.



Los vocales del TSE Katia Uriona, Antonio Costas, José Luis Exeni y Dunia Sandóval, en conferencia de prensa manifestaron que el referéndum del 21F está vigente y sus resultados tienen carácter vinculante.

“Se ha reiterado en repetidas oportunidades que el referéndum está vigente, sus resultados están vigentes y su resultado también es vinculante”, sostuvo el vocal Antonio Costas.Posición que fue secundada por la presidenta del TSE, Katia Uriona, precisó que en diciembre del año pasado ya asumieron posición respecto al tema.“Ratificando el carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio la vigencia del referéndum, así lo establecen las leyes en el país y nosotros actuamos en el marco legal. Ustedes saben que las disposiciones del TCP tiene  también un carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, por lo que la situación y análisis y de preocupación que vive el país tiene que ver con estos dos elementos con las características  que se suscriben”, sostuvo Uriona.Sin embargo, consultados si como vocales harán valer el carácter vinculante del referéndum del 21F o de la sentencia del Tribunal Constitucional el que estableció que la repostulación de las autoridades electas, entre ellas Morales y García Linera, no tiene restricción ni límites.El vicepresidente del TSE, José Luis Exeni en relación al tema dijo que será analizado en el Pleno del Tribunal Supremo Electoral, porque aún no han abordado este planteamiento.“Es un tema que lo vamos a analizar en sala plena, no hemos tenido ese análisis será también en base a un criterio técnico jurídico. Y en el marco de las competencias que asumamos vamos a tener que hacer ese análisis, aclarando que nosotros no tenemos competencia para interpretar ni leyes ni sentencias constitucionales, pero sí podemos analizar y decidir en el marco del principio de legalidad”, afirmó./NVG/Fuente: ANF