Y mientras más hablan…

Carlos federico Valverde Bravo… más “le pelan” (como decimos en el pueblo), para justificar la “candidatura imposible”, es decir la de Evo Morales.En esta última “tanda”, primero apareció el Senador Baron, para asegurar que “Los resultados del referéndum constitucional de 2016 ya han sido aplicados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, por eso no se modificó el artículo 168 de la Constitución Política del Estado”… ¡vaya, la Asamblea aplicó los resultados!Está claro que los resultados del Referéndum del 21F no “se aplicaron”, simplemente están ahí y, serán “aplicados” el día que en el TSE se le diga a Morales y a su acompañante que “no pueden ser candidatos porque perdieron el Referéndum; así de simple y de claro y no va a ser “el Congreso el que los haga cumplir sino el Órgano Electoral (Poder) que fue quien convocó y llevó a efecto el acto señalado; en el mismo, el propio Tribunal aseguraba en una publicación televisiva que está dando vueltas en Redes Sociales, sobre qué decidiría el acto del 21F 2016, y explicaba que se consultaría a la población sobre la propuesta de reforma del artículo 168 de la CPE.En esa comunicación/propaganda se dejaba claro que, «En caso de ganar la opción Sí, se aprueba la reforma del artículo 168 de la Constitución; eso implica que los actuales mandatarios podrían postularse como candidatos en las elecciones generales de 2019. y que, en caso de ganar la opción No, se rechazaría la reforma del artículo mencionado, implicando que los “los actuales mandatarios no podrán postularse como candidatos en las elecciones de 2019”; terminaba diciendo: “En tu voto está la decisión”.Y uno se pregunta: ¿Será posible que ese Tribunal u Órgano desconozca la voluntad soberana del pueblo y recule, dando lugar a una sesgada interpretación del Tribunal Constitucional anterior que decidió entender “la re-elección como un derecho humano”? Lamentablemente creo que es posible que se viole la voluntad soberana, el poder tiene mucha influencia ahí; pero, mejor esperar.Hace un par de días, el magistrado Orlando Ceballos, aseguró que el referendo está “cumplido” y lo único que se hará ahora es “aplicar el principio de supremacía constitucional, que implica que todos los órganos, las instituciones y las personas nos sujetamos y sometemos a la Constitución”… dando la razón a quienes sostenemos que no se puede modificar absolutamente nada, habida cuenta que de esa lectura queda más claro que nunca que el Referendo no puede ser desconocido por el Órgano que lo convocó y que, someterse o sujetarse a la Constitución o aplicar la supremacía constitucional, significa cumplir el artículo 164 de la Constitución, que es la Ley que prohíbe la re-elección por más de una vez. El texto es claro cuando se lee: el periodo de mandato…. es de cinco años y pueden ser reelectos o reelectas por una sola vez”.Por último, el Presidente Morales aseguró, cerrando la ronda de sandeces: “defender el 21 de febrero no es defender al pueblo, (no es defender) el sentimiento del pueblo boliviano”, sin darse cuenta que el sentimiento del pueblo boliviano fue consultado el 21 de febrero; ese día el sentimiento dijo NO; esa fue la última vez que se consultó al pueblo sobre asuntos constitucionales; se lo convocó a un Referendo.Ese es un hecho que le agrade o no, a “su excelencia”… ese resultado es la única constatación de “sentimiento del pueblo”… las urnas hablaron… la pregunta fue clara, demás es tratar de ser el “intérprete” del sentimiento de la gente sin hechos que lo respalden; la evidencia es la decisión del pueblo.¿Tan difícil es de entender? ¡Para nada! El tema pasa por la vocación de Poder; pasa por la tentación totalitaria, por el ensimismamiento que los ha convencido de que “no pueden ni deben dejar el Poder”, porque les costó llegar hasta ahí y, además, que si lo sueltan “no vuelven”; Esto no es nuevo, ya lo vimos en el doble sexenio del 52 al 64 del Siglo pasado; el Presidente Paz tampoco podía volver a ser candidato y lo hizo y ya sabemos cómo le fue.Carlos federico Valverde Bravo