Ante «proliferación» de drones, la DGAC plantea su regulación

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que trabaja en la manera de regular a nivel nacional el uso de drones o vehículos aéreos no tripulados. La futura normativa establecerá la obligatoriedad del registro de estos aparatos aéreos ante esta institución, que tendrá un costo de acuerdo a tasas establecidas en el país.

El director ejecutivo de la DGAC, Celier Aparicio Arispe Rosas, explicó que la regulación de estos vehículos no tripulados a nivel de Latinoamérica no está vigente en algunos países, pero que Bolivia se ve en la necesidad de establecer la misma debido a la proliferación de drones en el oriente y en otras ciudades.



“Hay mucha proliferación de los drones y por muy pequeñitos que sean afectan a las operaciones aéreas, de las líneas aéreas, de la aviación en general. Han estado ocasionando accidentes y en algunos casos graves a nivel mundial”, explicó a Los Tiempos el ejecutivo de la DGAC.

Señaló que, dado el creciente uso de estos aparatos, la DGAC junto con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) están trabajando en un documento para el uso de sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPA) en territorio nacional. Mismo que están siendo socializado con los sectores interesados.

“Tenemos una circular en la página web de nuestra dirección para que todos los interesados puedan aportar con sus opiniones, para que mejoremos esa reglamentación, pero es una reglamentación básica inicialmente”, dijo.

Agregó que se analizará y en base a esa información vamos a sacar esa regulación para que ya ustedes mismos, nuestros amigos de la prensa en sí y de la parte de televisión -veo que tienen sus drones-, puedan inscribirlos como si fuera como cualquier aeronave, deben inscribir a la DGAC para que nosotros sepamos quién es y nosotros les asesoremos, les hagamos conocer qué cuidados deben tener”, explicó.

Tasas

Los drones actualmente son utilizados en una infinidad de tareas. El problema actual en Bolivia es la proliferación de estas pequeñas naves que se pueden adquirir en el mercado local desde 150 dólares.

Cualquier persona puede comprar una de alto rendimiento, multirrotor, equipada con cámaras de alta definición, video, GPS, piloto automático y con una buena autonomía de vuelo, por lo que existe la necesidad de su registro y regulación.

“Nuestro Estado tiene sus propias reglamentaciones de tasas y demás, se va a aplicar una pequeña tasa, pero que no va a tener mucho significado, no, la idea no es generar recursos, la idea es prevenir, la idea es que no tengamos accidentes, esa es la principal preocupación del ente regulador”, explicó el director de la DGAC.

 

NORMA SEÑALA LIMITACIONES

Está prohibida la operación de los drones o aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) en:

a) Eventos públicos
b) Conciertos, festivales, eventos deportivos, etc.
c) Marchas, manifestaciones, protestas, etc.
d) Espacios cerrados de cualquier tipo.

El RPA deberá mantener una distancia normal de separación horizontal de 150 metros de:

1) Construcciones
2) Áreas congestionadas
3) Área de circulación peatonal
4) Instalaciones de cualquier tipo
5) Viviendas privadas y públicas en general, a menos que hayan obtenido una autorización de la DGAC.

La operación de las RPA no excederá en ningún momento una altura de vuelo de 400 pies (122 metros) sobre el terreno.

 

«La idea no es generar recursos, la idea es prevenir, la idea es que no tengamos accidentes, esa es la principal preocupación». Celier Aparicio Arispe. Director Ejecutivo de la DGAC

Fuente: lostiempos.com