La realidad detrás de la información que solicita la Administración Tributaria

* Carla Jemio

En algunos medios de prensa escritos, se viene satanizado al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), entre otros aspectos, por solicitar información a distintos sectores económicos, porque, en su entender, sería un plan premeditado de acoso tributario por parte de la Administración.

Sin embargo, como pasa en cualquier Estado, es esencial que la Administración Tributaria conozca las características y particularidades de los diferentes sectores económicos para un constante mejoramiento en la relación administrado-administración. De ahí que la información con la que se cuenta o se solicita constituye en una herramienta fundamental para resolver determinados problemas o para la toma de decisiones a partir de la construcción del conocimiento, lo que implica, sin duda alguna, la búsqueda de una eficiente y eficaz gestión en la Administración de los tributos.



En materia tributaria, los sistemas tributarios de países vecinos y del mundo han adoptado en sus legislaciones diversas medidas para contar y/o requerir información de sus contribuyentes. La información se constituye en la base esencial de cualquier Administración Tributaria para optimizar el control y mejorar la captación y recaudación fiscal, así como disminuir el ilícito de defraudación tributaria, lo cual se traduce en un beneficio no solo para el Estado, sino para la población en general.

En dicho contexto, es necesario que la Administración Tributaria cuente con información cierta y oportuna proporcionada por todos nosotros o por terceros denominados “agentes de información” (tal como lo ha previsto el legislador a momento de redactar el Artículo 71 del Código Tributario Boliviano) para que se mantenga una base de datos actualizada, que permita el cruce o cotejo dentro de los procesos de verificación y fiscalización de las declaraciones y determinaciones de tributos realizadas u omitidas por los contribuyentes, además del conocimiento sobre el desarrollo de determinadas actividades relevantes con efectos tributarios para el ejercicio de sus facultades de control, verificación, fiscalización e investigación posteriores, lo que de ninguna forma implica la generación de nuevos impuestos, como algunos afirman.

En ese sentido, no debemos alarmar a la población cuando el SIN u otra Administración Tributaria  requiere información, pues como se ha comentado líneas arriba, a partir del conocimiento lograremos un ente fiscal mucho más eficiente y eficaz.

* La autora es abogada