La trata de personas

En Bolivia la trata de personas afecta a niños y mujeres , pero la ley que sanciona esta figura delictiva todavía no se aplica con rigor.

ElNuevoDia Editorial El Nuevo Día.



La trata de personas constituye un delito de alcance internacional que ha ido creciendo hasta llegar a dimensiones insospechadas en el continente. Al constituirse en una actividad delictiva que afecta al individuo, se lo reconoce dentro del denominado círculo de explotación sexual, que junto con el trabajo forzado y las prácticas modernas de esclavitud son las principales formas de la trata de personas. Conviene diferenciarlo del tráfico de personas, un delito contra el Estado, que también vulnera los elementales derechos humanos. En ambos casos, los transgresores obtienen sendos beneficios que la ley prohíbe.

El reciente encuentro regional patrocinado en Buenos Aires por la Organización de los Estados Americanos (OEA), sobre este lacerante tema, ha puesto en evidencia que la trata de personas no se sanciona ni reconoce como corresponde, pese a la legislación vigente. De hecho, ha sorprendido que la República Dominicana, Paraguay, Bolivia, Brasil y Argentina ostenten los mayores índices de trata de personas en el continente. Asimismo, se ha conocido que países aparentemente inmunes a este flagelo, como son Chile y Uruguay, han manifestado que encaran dificultades crecientes e impensadas en este campo delictivo.

La citada Segunda Reunión de Altas Autoridades Nacionales en Materia de Trata de Personas ha desnudado las características de un problema social que tiene mucho que ver con la crisis económica internacional. Sin duda, la pobreza creciente en el continente alimenta todavía más las posibilidades de expansión de la explotación sexual y laboral, rica fuente de recursos ilícitos expuesta a las tenebrosas redes delictivas internacionales. En Bolivia, la trata de personas afecta fundamentalmente a los niños y a las mujeres. Pese a que la ley 3325 sanciona esta figura delictiva, todavía no se siente el rigor de su aplicación.

Esto resulta preocupante por cuanto la trata de niños, niñas y adolescentes incluye el reclutamiento, transporte, transferencia, resguardo o recibo de personas mediante amenazas, uso de la fuerza, coerción, secuestro, rapto, fraude engaño, abuso de poder, o por la entrega y recibo de pagos o beneficios para lograr la explotación de una persona, así sea con su consentimiento. Esta figura es la que prevalece en el país y es la que tiende a adquirir dimensiones preocupantes. La trata de mujeres jóvenes en Bolivia, por ejemplo, viene a ser la otra faceta contra la cual no se ha hecho lo suficiente ni lo necesario.

Los expertos han advertido que actualmente son propicios el ambiente internacional y las condiciones para que este tipo de delitos aumenten, por lo que el llamado a enfrentar de manera mancomunada entre países la trata de personas no debe caer en saco roto, especialmente si el número de víctimas se está incrementando y los inconvenientes en las fronteras facilitan su propagación. Bolivia debe actuar no sólo con eficacia y firmeza en contra de los transgresores de la ley 3325, sino enfrentar la raíz del problema, que es la creciente pobreza de la población. Para ello el Gobierno debe buscar con inteligencia la gobernanza, la pacificación social, la productividad y la estabilidad democrática del país.