Asamblea destraba el debate de Ley de Autonomías con 2 pactos. Acordaron el modo de aprobación de estatutos y las leyes de compatibilización. Se discutió si las autoridades serán suspendidas sólo si hay un fallo judicial
Iván Paredes – La Paz, La Razón
Asambleístas de la oposición y del oficialismo trabajaron ayer en la Comisión Mixta. Foto: Nicólas Quinteros
Consenso. Se discutió si las autoridades serán suspendidas sólo si hay un fallo judicial
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Asambleístas del MAS y de la oposición lograron ayer más acuerdos en torno al tratamiento de la Ley Marco de Autonomías. Uno de los temas que se discutió fue si las autoridades departamentales y municipales serían suspendidas por un juez y no por una acusación formal, como lo establece la actual Ley Transitoria.
Hasta el cierre de esta edición, 19.30, la mesa de concertación, conformada por asambleístas del oficialismo y de la oposición, consiguió concertar 116 de 147 artículos de la norma autonómica.
Después de un cuarto intermedio, la negociación se reanudó a las 19.00 con la finalidad de aprobar la norma en detalle durante la misma noche o, si era necesario, hasta la madrugada de este domingo. La idea es que el documento sea aprobado el martes.
Dentro de las modificaciones a los artículos acordados, la oposición logró consensuar, entre otros puntos, la asignación de recursos a las asambleas departamentales, algunos cambios en las leyes de armonización y la vigencia de los estatutos autonómicos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando previa aprobación en las respectivas asambleas departamentales y posterior control constitucional, entre otras. Ver cuadro gris para detalles.
El senador del opositor Plan Progreso para Bolivia-Convergencia Nacional (PPB-CN), Germán Antelo, informó de que otra de las propuestas fue que las autoridades políticas de los gobiernos departamentales y municipales sean suspendidas previa autorización de un juez y no por una acusación formal.
“Creemos que para la suspensión de actividades ya no debería haber una simple acusación formal, sino un juez tomaría la decisión”, argumentó Antelo.
Al respecto, el diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic explicó que los artículos ocho, nueve y diez de la vigente Ley Transitoria de Autonomías tendrían que ser modificados y después introducidos a la norma marco en tratamiento.
“Es cierto, la suspensión de autoridades debería ahora ser interpuesta por un juez y no por una acusación formal”, dijo Yaksic.
El ministro de Autonomías, Carlos Romero, explicó a La Razón que la propuesta será tomada en cuenta en la mesa de concertación. “En la Ley Marco no incorporamos la suspensión de autoridades. La oposición planteó la necesidad de emplear el procedimiento. Lo que se acordó es que se incorporará el procedimiento, pero no sabemos bajo qué términos”, subrayó.
La Ley Transitoria, que entró en vigencia en mayo, prevé la suspensión de autoridades sobre las que pesen imputaciones penales y los mecanismos para su reemplazo. Los actores de oposición consideran que ésta es la única norma que fue consensuada y donde el oficialismo permitió acceder, en la mesa de concertación, a las propuestas opositoras.
“Es la única ley donde realmente nos hemos podido sentar y hablar de manera abierta, hemos sido escuchados, hemos tenido oportunidad hasta de manera amigable y así concertamos varios puntos”, indicó Antelo.
El presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce (MAS), felicitó la voluntad política de sus colegas y anunció que la Ley Marco de Autonomías ingresará el martes a la Asamblea Legislativa para su tratamiento.
“Esperamos un trabajo legislativo del pleno ágil (…) y si hay buen ánimo, en tres o cuatro días el trabajo puede estar terminado”.
Acuerdos pactados en la mesa
La senadora Gabriela Montaño (MAS) afirmó que existe toda la voluntad política para aceptar las sugerencias de los asambleístas de la oposición. “Vamos a incluir en este acuerdo todas las apreciaciones y observaciones en los artículos. Por eso en la aprobación en detalle queda absolutamente absuelto y resuelto el tema, pero tenemos que esperar hasta mañana (hoy), vamos a mantener los acuerdos, porque yo no firmo nada que no pueda cumplir”, dijo la asambleísta oficialista.
CAMBIOS Y PROPUESTAS
PROPUESTA
Artículo 67. (Leyes de armonización).
“Son las leyes que establecen los principios necesarios para armonizar disposiciones normativas de las entidades territoriales autónomas, cuando así lo exija el interés general, emitidas según los aspectos materiales de armonización y aspectos formales de eficacia por la Asamblea Legislativa Plurinacional y aprobadas por dos tercios del total de sus miembros”.
Disposición transitoria decimosexta. (Adecuación de estatutos autonómicos).
“La adecuación de los estatutos deberá ser realizada de acuerdo a la Disposición Transitoria Tercera de la Constitución Política del Estado por su respectiva Asamblea Legislativa Departamental, entrando en vigencia una vez que se realice el control de constitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional”.
Artículo 114. (Presupuesto de las entidades territoriales autónomas).
“La ejecución presupuestaria de recursos y gastos es de responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva de cada gobierno autónomo”.
Artículos 8, 9 y 10. (Ley Transitoria de Autonomías).
En los artículos ocho, nueve y diez establecen la suspensión temporal de las autoridades departamentales y municipales con una acusación formal. La Asamblea Legislativa Departamental elige al sucesor de manera interina.
Artículo 57. (Base poblacional).
El Gobierno llegó a un acuerdo con el Conamaq y la CIDOB para que los pueblos indígenas accedan a la autonomía indígena originaria campesina con una base poblacional.
MODIFICACIÓN
Artículo 67. (Leyes de armonización).
Según el senador opositor Germán Antelo, el Gobierno central ya no tendrá un control legislativo a través de las leyes de armonización en las entidades autónomas. La oposición logró introducir otros tipos de controles por parte del Ejecutivo. El ministro de Autonomías, Carlos Romero, afirmó que ahora estas normas se denominarán leyes de compatibilización.
Disposición transitoria decimosexta. (Adecuación de estatutos autonómicos).
Los estatutos autonómicos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija serán respetados y no serán redactados nuevamente. Además, sólo irán al control de constitucionalidad y no a un referéndum, como deben hacer los departamentos que recién eligieron ser autónomos (La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba).
Artículo 114. (Creación de cuentas separadas).
Habrá cuentas separadas para que las asambleas legislativas departamentales tengan la misma capacidad administrativa que las gobernaciones.
Propuesta. (Para la suspensión de autoridades).
La oposición planteó que las autoridades sean suspendidas no por acusación formal sino por una admisión de la acusación por el juez competente. El oficialismo aceptaría el planteamiento en términos de la Ley Transitoria de Autonomías.
Artículo 57. (Base poblacional).
Las poblaciones minoritarias con 1.000 habitantes, las mayoritarias con 10.000 y con excepción de 4.000 habitantes para poblaciones mayoritarias, pero sin que rompan la territorialidad.
Asamblea destraba el debate de Ley de Autonomías con 2 pactos
Consensos: Oficialistas y opositores pactaron el modo de aprobación de estatutos y las leyes de compatibilización.
Acuerdos: asambleístas durante una sesión de la comisión mixta, el viernes.
La Prensa
Los opositores y oficialistas destrabaron el debate de la Ley Marco de Autonomías. De los cuatro temas que ocasionaron mayor controversia ya se lograron consensos en dos y se abrió la posibilidad de acuerdos en los restantes. Se alcanzaron pactos en el procedimiento de la aprobación de estatutos y se cambió el término de ley de armonización por ley de compatibilización de las leyes de los niveles subnacionales.
En el régimen económico ya se logró un acuerdo para diferir en el corto plazo un nuevo pacto fiscal, pero aún falta establecer la transferencia de recursos para las competencias concurrentes y compartidas, y también se aceptó incluir en la Ley Marco de Autonomías un nuevo procedimiento para la suspensión de las autoridades elegidas que tengan problemas con la justicia.
La Ley 017, conocida como “corta” y que regula la transición al régimen autonómico, no será derogada.
Los puntos de acuerdo fueron dados a conocer por la senadora opositora Centa Reck y por el ministro de Autonomías, Carlos Romero, quien participa en las discusiones de la comisión mixta de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Hasta ayer en la tarde, esta comisión aprobó en grande y en detalle 116 de los 147 artículos del proyecto de Ley Marco de Autonomías. Estos acuerdos se lograron en 12 horas de continuas deliberaciones entre la noche del viernes y la madrugada del sábado. Ayer en la noche se reanudaron las sesiones de esta instancia para analizar los artículos restantes, bajo la modalidad de tiempo y materia.
Ya se discutieron las disposiciones generales, las bases de organización territorial del Estado, los distintos tipos de autonomías, el régimen de competencias y parcialmente el régimen económico.
El ministro Romero y el senador opositor Germán Antelo mostraron ayer su satisfacción por el avance en el tratamiento de este proyecto de ley.
En el procedimiento para la aprobación de estatutos se logró un consenso para establecer dos mecanismos: uno para los departamentos de Santa Cruz, Beni, Tarija y Pando, que ya cuentan con estatutos aprobados mediante referendos regionales, y otro para el resto de las regiones, que comienzan a incorporar este régimen.
En el primer caso, el acuerdo consiste en prescindir de un nuevo referéndum, y el método es: los estatutos aprobados en consulta ciudadana serán remitidos a la Asamblea Departamental para que los adecue a la Ley Marco de Autonomías y la Constitución Política del Estado y los apruebe por dos tercios de sus miembros. Luego ese documento debe ser enviado a control constitucional del Tribunal Constitucional. Cuando este cuerpo colegiado se pronuncie a favor, entrará en vigencia.
Para los departamentos sin estatutos, se determinó que sea cada una de las Asambleas Departamentales la que redacte y apruebe su proyecto de estatuto por dos tercios de sus miembros. Después tiene que ser remitido al Tribunal Constitucional para el control de constitucionalidad y, luego de su pronunciamiento, tiene que ser sometido a consulta ciudadana mediante un referéndum regional. Sólo con el visto bueno del soberano entra en vigencia cada estatuto departamental.
Mientras que en ambas vías se ejecutan esos procedimientos consensuados en la comisión mixta, las regiones deberán regirse por la Ley Transitoria y por la Ley Marco de Autonomías, según el ministro Romero. En la primera se ha definido el funcionamiento de las asambleas y gobernaciones, y en la segunda se describen con claridad las competencias exclusivas, las concurrentes y las compartidas con el nivel central del Estado.
El Ministro pronosticó que el procedimiento de aprobación de los estatutos durará hasta el próximo año en ambos casos, periodo en el cual las gobernaciones deberán regirse por ambas leyes.
Otro punto del acuerdo es la modificación de las denominadas leyes de armonización por leyes de compatibilización.
Estas normas, cuyo tratamiento será facultad de la Asamblea Legislativa Plurinacional, se circunscribirán a tratar únicamente casos de dispersión legislativa, para compatibilizar contenidos, porque, según Romero, puede ocurrir que las cuatro clases de asambleas, Legislativa Plurinacional, departamentales, concejos municipales y órganos deliberativos indígenas, emitan normas divergentes y con ello perjudicar a los ciudadanos o a las regiones.
Estas leyes no tratarán conflictos de competencias. El control de constitucionalidad será ejercido por el Tribunal Constitucional, según Reck y Romero.
Así, para los conflictos competenciales se han instituido dos procedimientos: uno, el Servicio Estatal de Autonomías, que podrá deliberar al respecto y, dos, la vía jurisdiccional, es decir, ante el Tribunal Constitucional.
Los puntos sobre los que aún no se alcanza consenso pero que se abrieron para el debate, el mecanismo de suspensión de las autoridades con problemas legales y las transferencias financieras, se analizaban anoche con la reanudación de las sesiones de la comisión mixta, y se prevé que ésta cumpla su trabajo por tiempo y materia. Luego el documento tiene que pasar a la Cámara de Diputados.
Autonomías
Los conflictos principales con el proyecto de Ley Marco de Autonomías son cuatro:
En primer lugar está el régimen económico financiero, pues las regiones piden recursos para cada transferencia competencial.
Luego está el reconocimiento a los estatutos de las regiones que pasaron por referendos regionales.
Se incluye la modificación del procedimiento de suspensión de las autoridades elegidas pero con problemas judiciales.
Finalmente figura el cambio de leyes de armonización por leyes de compatibilización para evitar la dispersión legal.
El debate se ventila en la comisión mixta, de diputados y senadores, que trabaja por tiempo y materia.