La consulta obligará a cambiar Ley Electoral; Gobierno: el resultado será vinculante


El proyecto de ley de consulta previa para el TIPNIS dice que los resultados del proceso son de cumplimiento obligatorio, pero la Ley Electoral dice lo contrario.

La consulta obligará a cambiar Ley Electoral

Esa norma establece que la consulta debe ser previa.



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PRESIÓN. La marcha del Conisur, a su llegada a La Paz el 30 de enero pasado.

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Por Pavel Alarcón – La Prensa – 9/02/2012

La Cidob inicia una vigilia en Santa Cruz de la Sierra como preámbulo a la novena marcha indígena.

Para aplicar el proyecto de Ley de Consulta Previa, aprobado por el Senado y que se analiza en la Cámara de Diputados, se deberá previamente derogar el artículo 39 de la Ley de Régimen Electoral, que determina cómo deben ejecutarse ese tipo de procesos en el territorio nacional.

Por presión del Consejo Indígena del Sur (Conisur), la Asamblea Legislativa ha comenzado a tratar un proyecto de Ley de Consulta Previa para permitir la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos que atravesará por el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

El martes fue aprobado en la Cámara Alta y se espera el mismo trato hoy en Diputados.

El artículo 39 de la Ley Electoral sostiene que: “La Consulta Previa es un mecanismo constitucional de democracia directa y participativa, convocada por el Estado Plurinacional de forma obligatoria con anterioridad a la toma de decisiones respecto a la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales. La población involucrada participará de forma libre, previa e informada”.

En su segunda parte, este artículo especifica: “En el caso de la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios”.

El proyecto de ley determina que los ministerios de Agua y de Obras Públicas sean responsables de la organización de esta consulta bajo la supervisión de apoyo del Órgano Electoral.

LA OPOSICIÓN. El jefe de la bancada de la opositora Convergencia Nacional, Luis Felipe Dorado, afirmó que mediante una nota, se hizo conocer a la presidencia del Senado que el proyecto de Ley de Consulta Previa contradice en varios artículos a la Constitución.

“La Carta Magna y las leyes fundamentales obligan al Gobierno a sentarse con los pueblos indígenas para hacer una reglamentación en conjunto de acuerdo con sus procedimientos, usos y costumbres; sin embargo, aquí no se ha hecho, directamente están haciendo una norma” que transgrede el ordenamiento legal.

Anunció que después de que se promulgue la ley, ese colectivo político planteará un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Respeta la constitución. Sin embargo, la ministra de Comunicación, Amanda Dávila, aclaró que la participación del Gobierno en la consulta previa que se planteará a las comunidades del TIPNIS se ajusta a la Carta Magna.

“El Estado no es juez y parte sobre la consulta, simplemente cumple la normativa vigente, que dice claramente que las consultas deben ser llevadas a cabo por el Estado a través de los ministerios correspondientes”.

Comienza Una vigilia. La Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (Cidob) anunció que hoy comenzará una vigilia en la plaza 24 de Septiembre de Santa Cruz, que marcará el inicio de sus movilizaciones en defensa de la Ley de Protección del TIPNIS.

Yudith Rivero, vicepresidenta de la Confederación Nacional de Mujeres Indígenas de Bolivia (Cnamib), indicó que la novena marcha indígena comenzará cuando los líderes de la Cidob regresen del TIPNIS, donde se encuentran reunidos con las comunidades. La Segunda Comisión Nacional determinará el inicio de la nueva marcha.

11 artículos componen el proyecto de Ley de Consulta Previa que trata la Cámara de Diputados.

“Pedí a los dirigentes nacionales que expliquen a sus bases por qué hay que respetar la ley corta. Pero no aparecieron”.

Evo Morales / PRESIDENTE

El resultado de la consulta será vinculante, según el Gobierno

La Ley de Régimen Electoral dice que el proceso no es vinculante.

DATO. El proyecto de ley de consulta previa para el TIPNIS dice que los resultados del proceso son de cumplimiento obligatorio, pero la Ley Electoral dice lo contrario.

Página Siete / La Paz – 09/02/2012

Los resultados de la consulta “previa”, libre e informada en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) serán de cumplimiento “obligatorio” para el Estado Plurinacional y sentarán precedente para los futuros procesos de consulta que se realicen en el país.

No obstante, la Ley de Régimen Electoral, en su artículo 39, señala que los acuerdos y decisiones de la consulta “no tendrán carácter vinculante”.

El proyecto de ley de consulta previa en el artículo 10 prevé el cumplimiento obligatorio de los resultados que arroje el proceso.

Para la ministra de Comunicación, Amanda Dávila, no existe ninguna diferencia entre ambos términos. “¿Cuál la diferencia entre vinculante y obligatorio?, es exactamente lo mismo, no hay ninguna diferencia”, sostuvo.

Ratificó que el Órgano Ejecutivo cumplirá con todos los acuerdos a los que se llegue con los pueblos indígenas del parque.

Sin embargo, Galo Bonifaz, diputado del MAS, tiene otra interpretación: “la ley no dice vinculante, dice obligatorio. El equipo de asesores jurídicos de la comisión que trabajó (la norma) explicó que la vinculatoriedad es más amplia y la obligatoriedad es más específica”, comentó. Precisó que el debate sobre este tema fue amplio.

En derecho, el carácter vinculante quiere decir que las decisiones deben ser acatadas de forma obligatoria y sin discusión.

Jorge Lazarte, ex constituyente, ratificó que los dos términos son jurídicamente equivalentes; por lo tanto, para evitar una “colisión” entre ambas normas se debería modificar la Ley de Régimen Electoral, si es que se pretende mantener vigente la ley de consulta del TIPNIS.

Explicó que con la aplicación de la obligatoriedad en la ley de consulta, se sienta jurisprudencia para otros casos similares, lo que puede traer muchos riesgos para el Gobierno porque los pueblos indígenas pueden pedir que todas las consultas sean de cumplimiento obligatorio, lo que pondría en riesgo los proyectos.

El objetivo de establecer que las consultas no tengan carácter vinculante fue para evitar un eventual bloqueo a los proyectos de desarrollo que el Estado realice en los territorios indígenas.

En la Ley de Régimen Electoral, el MAS colocó una llave para evitar esta posibilidad.

Incluso el año pasado muchos asambleístas del MAS afirmaron de forma clara que la consulta no sería vinculante, un tema que abrió el debate en los escenarios de los pueblos indígenas.

El Gobierno no será “juez y parte”

Amanda Dávila, ministra de Comunicación, ratificó que será responsabilidad del Órgano Ejecutivo, a través de los ministerios, la organización y preparación de la consulta previa, libre e informada en el TIPNIS, aunque dijo que eso no significa que sea “juez y parte” en el proceso.

“El proyecto de ley de consulta para el TIPNIS contempla un punto que señala que el Estado a través de los ministerios va a llevar a cabo la consulta en el TIPNIS; esto no significa que va a ser juez y parte”, dijo la autoridad.

El diputado indígena Pedro Nuni acusó al Gobierno de adoptar una posición de juez y parte en el proceso que pretende realizar con la consulta sobre la intangibilidad y la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos.

El Gobierno es el principal interesado en lograr acuerdos que hagan viable la construcción de la vía, un proyecto que es cuestionado por la Confederación Indígena del Oriente Boliviano (CIDOB), por las consecuencias socio-culturales y medioambientales que generará el proyecto carretero en el Isiboro Sécure.

Punto de Vista

Jorge Lazarte, ex constituyente

El Gobierno se ha cuidado de no aceptar la idea para que ninguna consulta previa sea vinculante porque eso ciertamente tiene sus riesgos, en realidad son altos los riesgos. El Convenio de la OIT tampoco dice que estas consultas deben tener fuerza vinculante; sin embargo, ahora el Gobierno incluye esta obligatoriedad en el proyecto sobre el TIPNIS, porque probablemente está anticipando que ya lo tiene todo asegurado para ganar esto que está llamando la consulta a los pueblos indígenas, de otra manera no se animaría a hacer tal afirmación. En una ley que entra en colisión con otra ley y que al Gobierno le amarraría las manos si perdiera.

Lo normal hubiera sido que haya una ley general que ponga como punto de partida la Ley del Régimen Electoral, ya que el TIPNIS es una situación muy particular porque es área protegida y territorio indígena.

Hay una colisión de preceptos jurídicos entre la Ley del Régimen Electoral y el proyecto de ley de consulta, por lo tanto puede ser recurrible ante el Tribunal Constitucional.

Ciertamente, habría jurisprudencia con lo que se amarraría en el futuro y se comprometería cualquier inversión importante en el país, no simplemente a la consulta, sino a una suerte de veto, que podría tener sin lugar a dudas efectos paralizantes. El Gobierno ha estado enfrentando esto mismo en otras zonas del país, como en el Chaco (…) son disposiciones que tienen su alto riesgo, pero que están en la Constitución.