Evo quiere liberar a empresas estatales del control de la Ley SAFCO

El proyecto de ley en cuestión deja sin efecto el control de la Ley SAFCO para las empresas públicas con el argumento de que la norma actual limita el funcionamiento de éstas y genera burocracia.

Gobierno justifica exclusión de firmas públicas de Ley SAFCO

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en grande el proyecto.

La ministra de Planificación, Viviana Caro, argumenta que la norma actual limita el funcionamiento de las empresas públicas y genera burocracia.



image Funcionaria muestra productos de Lacteosbol.

Página Siete/ La Paz, Bolivia

El Gobierno justificó la eliminación del control de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley SAFCO) en las empresas públicas al asegurar que no permite realizar contrataciones de bienes y servicios con celeridad.

"Tenemos un conjunto de normas de control gubernamental que limita el funcionamiento de las EPNES (Empresa Pública Nacional Estratégica) en este momento; esas normas son las normas de la Contraloría,  las normas de la Ley SAFCO”, expuso el jueves  la ministra de Planificación, Viviana Caro, ante el pleno de la Cámara de Diputados cuando presentó el proyecto de Ley de Empresa Públicas.

Según la autoridad, estas normas fueron creadas para entidades públicas, pero no para las empresas públicas y eso ha generado vacíos y dificultades en la gestión de estas últimas.

"Tenemos también mayor burocracia y mayor gasto. ¿Por qué? Porque las entidades tienen que aplicar la Ley SAFCO con excepciones, especialmente para adquisiciones de bienes y servicios. Por ejemplo, BoA, en un extremo, cada vez que venda un pasaje tendría que hacer una licitación, así no funciona una empresa”, remarcó.

En junio de este año, Página Siete informó que el proyecto de ley en cuestión deja sin efecto el control de la Ley SAFCO para las compañías estatales. 

"Las empresas públicas quedan excluidas de la aplicación de la Ley 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, así como de los sistemas que regula”, dispone el numeral II del artículo 7 del mencionado proyecto de ley.

De acuerdo con la ministra de Planificación, hay  problemas en la gestión y eso  lleva a la necesidad de identificar un nuevo  marco legal e institucional que permita el control y supervisión en las empresas públicas.

El diputado de Convergencia Nacional Andrés Ortega advirtió que con este tipo de liberación de normas, las empresas estatales tendrán más ventajas y privilegios frente a las privadas, que tienen muchos controles.

"Ésta es la primera medida real que el Gobierno hace contra el libre mercado. Lo que ha hecho técnicamente es crear monopolios empresariales del Estado y obviamente, como buen monopolio, tiene subvenciones, ventajas y reglas de juego favorables en comparación con las empresas privadas”, remarcó.

El analista Alberto Bonadona afirmó en su momento que suprimir la Ley SAFCO de las compañías públicas será dar carta blanca a una posible corrupción.

El contenido del proyecto de ley

El proyecto de Ley de Empresas Públicas  está conformado por 67 artículos, 12 disposiciones adicionales, 11 disposiciones transitorias, 13 disposiciones finales, además de disposiciones abrogatorias y derogatorias, y un anexo con un glosario.

La propuesta  fue remitida por el Ministerio de Planificación el jueves 13 de junio de este año a la Comisión de Economía Plural de la Cámara de Diputados.  Fue aprobada en grande y  este lunes 2 de diciembre se prevé su aprobación en detalle, según el diputado Javier Santibáñez.

Se considera una  empresa estatal  a aquella que tiene un patrimonio del 100% del nivel central del Estado, según el proyecto.

  También están las empresas mixtas, en las que el Estado tiene más del 70% de participación.

En el proyecto normativo están estipuladas al menos 21 empresas del sector público.

La Contraloría sólo realizará un control externo

La Contraloría General del Estado (CGE) continuará con  controles externos a las empresas públicas, pero para ello tendrá que emitir reglamentación, afirmó la ministra de Planificación, Viviana Caro.

El artículo 55 (Control de Administración) dispone que la Contraloría General del Estado ejercerá sus competencias de control de administración sobre las empresas públicas, debiendo tomar en cuenta el régimen legal de la empresa pública y no la normativa común que rige al sector público.

"El común de la ley (de empresas públicas), ¿qué plantea? Establecer un control gubernamental bajo un esquema empresarial; además, la Contraloría realizará controles a las empresas y eso no se lo saca en el marco de su rol constitucional, pero también tendrá  que emitir reglamentación específica para contratar otras auditorías”, dijo.

Pero la entidad fiscalizadora no tiene ni la  normativa interna ni el  personal necesario.

Según Caro, como estas empresas manejan recursos públicos, estarán sujetas a la  responsabilidad civil y penal. " Van a estar sujetas a este tipo de responsabilidad porque manejan recursos públicos,  es necesaria una  norma específica”, dijo.