Gobierno congela por 10 años urbanización de áreas agropecuarias, piscícolas y forestales de Bolivia

El decreto supremo 1809 establece el mecanismo para resguardar las áreas productivas con el fin de garantizar la seguridad alimentaria.

image Foto ilustrativa archivo Anf.

La Razón Digital / La Paz



El Gobierno dispuso que las alcaldías congelen por diez años cualquier proceso de urbanización de áreas agropecuarias urbanas para garantizar las políticas de seguridad alimentaria. El Ejecutivo hará una evaluación al final de plazo para definir la situación de los predios afectados.

El decreto supremo 1809 establece el mecanismo orientado a resguardar las áreas productivas colindantes o cercanas a los centros urbanos de los diferentes municipios. Esas áreas están dividas en áreas productivas agropecuarias urbanas y en áreas rurales de vocación productiva.

El parágrafo I del artículo dos de la norma establece que las áreas productivas agropecuarias urbanas son “espacios de uso agropecuario, piscícola o agroforestal de extensiones influenciables y/o colindantes con urbanizaciones”, en tanto que las rurales de vocación productiva son las que tengan continuidad superficial y preponderancia para seguridad alimentaria.

“Las áreas productivas agropecuarias urbanas no podrán ser objeto de cambio de uso de suelo ni urbanizadas en un plazo de diez (10) años a partir de la publicación del presente Decreto Supremo”, refiere el parágrafo I del artículo tres de la norma aprobada el 27 de noviembre.

Cumplido el plazo, el Gobierno hará una evaluación técnica para viabilizar el cambio de uso de suelo o urbanización.