Penalización de mala praxis médica divide a asambleístas del MAS


Las denuncias de negligencia médica movilizan a muchos ciudadanos que se sienten afectados y piden justicia. archivo

Los tres anteproyectos de ley sobre negligencia médica, propuestos por diputados del Movimiento Al Socialismo (MAS), no lograron traducirse en una sola propuesta, porque la eventual penalización de los médicos y del personal de salud por mala praxis dividió las posiciones y disolvió la Comisión Integrada que debió unificar criterios sobre esta temática.
Estas posiciones contrapuestas por los asambleístas proyectistas del oficialismo y de las comisiones legislativas han provocado que se perfile un proyecto de ley contra la mala práctica en salud, a partir de los planteamientos de los asambleístas oficialistas Betty Tejada y Jorge Choquetarqui.



Otros dos proyectos sobre esta temática están siendo trabajados en las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, esta última presidida por Rodolfo Calle, quien apoya la iniciativa del proyecto ya trabajado hace cuatro años (2010) por el diputado del MAS Richard Cordel, que tiene como base el resarcimiento por los daños a las víctimas de mala praxis.
El proyecto de ley contra la mala práctica médica, de Tejada y Choquetarqui, incluye nuevos tipos penales de mala praxis médica y establece penas de hasta 10 años de cárcel con modificaciones de unos cinco artículos del Código Penal.

De acuerdo con el proyecto de ley, se modifican cinco artículos del Código Penal y a cuatro de ellos se incluyen nuevos tipos penales: homicidio culposo por mala práctica en salud, lesiones gravísimas y culposas, lesiones graves culposas, lesiones leves culposas y atenuantes y agravantes de mala práctica en salud.
Tejada justificó el proyecto aduciendo que el Código Penal tiene un vacío, pues “no establecía ni la mala práctica ni la negligencia médica”.
La propuesta de Tejada y Choquetarqui tiene como eje central la penalización por casos de mala praxis, la misma que ha sido rechazada por el Colegio Médico de Bolivia, que la considera una medida “inquisitiva penal”.

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Sobre esta posición, el asambleísta Calle admitió que se ha manifestado poca voluntad política y una ausencia de interés de los médicos para elaborar un proyecto de ley de consenso, al extremo de que la Comisión Integrada conformada por tres instancias legislativas, de DDHH, Justicia y Salud, que debió trabajar en este tema, se disolvió porque “nunca pudo reunirse ni lograr consenso”.
Pese a esta contingencia, Calle dijo que la Comisión de DDHH trabaja en la elaboración de una propuesta que permita la defensa del paciente contra la mala praxis. En las próximas semanas se pretende trabajar en audiencias públicas convocando a diferentes sectores involucrados en la temática.

Según el Comité de Lucha Contra la Negligencia Médica, en Bolivia, entre 1986 y 2011, se registraron 5 mil casos de negligencia y en 2013 se sumaron otros 200. De acuerdo con un estudio del Colegio Médico, las denuncias por mala praxis en los últimos seis años no superan las 300.
RESARCIMIENTO Pese a la poca voluntad por encarar una propuesta de ley única para la negligencia médica, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados perfila, sobre la base de tres anteproyectos, una propuesta de ley que incluya como principal elemento el resarcimiento económico y la cobertura de los costos de recuperación de las víctimas de mala praxis. Con ello, se deja de lado la penalización que prioriza la propuesta de Tejada y Choquetarqui.

Además, otro elemento central es la corresponsabilidad de hospitales y clínicas públicas y privadas de casos de negligencia médica para que asuman la recuperación de los pacientes afectados.
Estas conclusiones son expresadas por el presidente de la Comisión de DDHH y por el proyectista diputado (MAS), Richard Cordel, quienes consideraron que el tema que aleja del consenso es la penalización de los casos de negligencia, por lo que consideran que el mismo debe excluirse del proyecto de ley.

La ausencia de una normativa específica sobre la mala praxis médica en el país ha dejado muchos casos en la impunidad. Muchas familias han quedado destruidas, luego de que algunos de sus miembros quedaron en estado vegetal y con daños y secuelas graves que deben ser enfrentados con tratamientos costosos. En otros casos las víctimas dejaron de existir.
Ante esta lamentable realidad, se impulsó hace cuatro años un proyecto de ley que busca enfrentar esta situación social a través del resarcimiento económico para las víctimas. Promovida por el diputado Cordel, este proyecto, pese a ser aprobado en la Comisión de Salud, no pudo tratarse en la Asamblea Legislativa por la oposición radical del Colegio Médico.

Apuntes.

Clínica
El diputado Richard Cordel explicó que su proyecto de ley resulta novedoso, porque se incluye a los dueños de las clínicas privadas para que sean también responsables de la mala praxis y no solo el médico, como sucedía anteriormente.
Responsabilidad

“Los dueños de clínicas no pueden dedicarse solamente a lucrar. Deben también asumir responsabilidades contratando buenos profesionales, (teniendo) adecuadas instalaciones y (estando) bien equipados (para) que garanticen una buena atención al paciente”, afirmó el legislador oficialista Cordel.
Muerte
Según el diputado Rodolfo Calle, su comisión perfila penalizar los casos “muy graves”, como la muerte producto de mala praxis. Aunque dijo que este tema ya está legislado con el Código Penal, pero no específicamente sobre la salud.

Instituto Médico de Conciliación

El Colegio Médico de Bolivia rechazó la posibilidad de aprobar una ley “de penalización del acto médico”, y sugirió reglamentar la creación del Instituto Médico de Conciliación y Arbitraje, instancia que sería la apropiada para analizar todas las falencias, desde las profesionales hasta las de infraestructura.
“El Colegio Médico no quiere la impunidad de los médicos, que sí existe, como en todas partes del mundo; pero rechaza la aprobación de una ley parche, parcial de penalización del acto médico”, afirmó el presidente del Colegio Médico de Bolivia, Edgar Villegas.
Según Villegas, los profesionales en salud no están de acuerdo con la elaboración de una ley exclusivamente de penalización del acto médico y exclusivamente para salud.
“Las leyes son generales, no pueden ser particulares”, advierte.
Considera que desde, siguiendo ese punto de vista, se tendría que elaborar una ley de penalización para la actividad del arquitecto, otra para la del economista, otra para la del abogado, y con ello solo se conseguiría una dispersión.

Proyecto incluye 5 nuevos tipos penales, tipifica 4 delitos y fija penas de hasta 10 años de cárcel

El proyecto de ley contra la mala práctica de medicina tipifica cuatro delitos de mala praxis médica y establece penas de hasta 10 años de cárcel, con la inclusión de cinco nuevos tipos penales, según la propuesta impulsada por los asambleístas Betty Tejada y Jorge Choquetarqui.
El proyecto incorpora en el Código Penal los siguientes nuevos tipos penales: 1) Diagnóstico erróneo; 2) Procedimiento clínico, pre quirúrgico, quirúrgico y post quirúrgico erróneo; 3) Incumplimiento de normas y protocolos; 4) Negligencia en la atención en casos de emergencias y 5) Mala práctica de la farmacéutica y dispensación de medicamentos.

Establece que la o el servidor en salud que emitiere un diagnóstico erróneo, teniendo como resultado la afectación en la salud de un paciente, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años.
Así también dispone que la o el servidor en salud que con impericia, imprudencia, negligencia y/o inobservancia de las normas, procedimientos, protocolos médicos y de seguridad, dañare a la salud del paciente, durante el procedimiento clínico, pre quirúrgico, quirúrgico o post quirúrgico, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a ocho años. Si hubiera muerte del paciente, la pena privativa de libertad será conforme a lo establecido en el artículo 36 del proyecto de ley.

Señala, por otro lado, que la o el servidor en salud que causare daño a la salud, será sancionado con multa hasta 240 días y prestación de trabajo a un año.
Asimismo, indica que los que expendan o despachen medicamentos deteriorados, mal conservados, adulterados, caducados o que incumplan los estándares de calidad relativas a su composición, estabilidad y eficacia establecidas en la normativa vigente, o sustituyan por otros de diferente principio activo o denominación genérica y con ello pongan en peligro la vida o la salud del paciente y de la sociedad, serán sancionados con pena privativa de libertad de uno a 10 años.

Propuesta señala causas para sancionar a centros de salud

El proyecto de ley de negligencia médica, perfilado por Richard Cordel y Rodolfo Calle, señala alcances sobre las causas para sancionar a médicos y centros de salud. Además incluye el procedimiento para efectuar la denuncia que busque la reparación del daño.

Según la medida, las sanciones a ser reglamentadas para centros hospitalarios se darían cuando la entidad de salud pública o privada no cuente con el nivel de atención requerido para la prestación del servicio. Asimismo, corresponderían cuando en los centros de salud no han sido desarrollados procedimientos adecuados con los recursos científicos y técnicos necesarios para la prestación del servicio de salud; y cuando no cuentan con el personal y profesionales calificados para la prestación del servicio de salud.
Habría también sanción si no cuentan con equipamiento e instrumental médico en perfectas condiciones de operabilidad o normas de bioseguridad, higiene y asepsia de los ambientes y del instrumental médico. Lo mismo si no ha prestado la atención de urgencia oportuna.

Las sanciones se producirían, asimismo, cuando, habiendo dolencia grave del paciente, el centro de salud no proporcione la atención respectiva y facilite el medio de transporte que el caso requiera para la remisión a la entidad de salud pública o privada.
REPARACIÓN La propuesta legal señala que las víctimas deben presentar la denuncia ante el Ministerio de Salud en forma escrita.
Conocida la denuncia, el Ministerio de Salud dispondrá la investigación de los hechos denunciados, y aplicará las disposiciones del proceso administrativo enmarcada en la Ley 2341, sin recurso ulterior, añade la propuesta.
Si el informe final establece indicios de responsabilidad civil, remitirá los antecedentes, mediante la unidad legal, al Juez Público en Materia Civil Comercial para la reparación del daño, señala.
El informe emitido por el Ministerio de Salud tendrá pleno valor probatorio en materia, civil, penal, administrativa, refiere.

Fuente: Opinión