Ley ordena archivar causas que no sean activadas durante un año

La Ley de Descongestionamiento busca reducir retardación de justicia en Bolivia.

El Tribunal Supremo de Justicia tiene cinco días hábiles para aplicar la Ley de Descongestionamiento, bajo responsabilidad de incumplimiento de deberes.

imageÁlvaro Valero / Página Siete. Oficinas del Ministerio Público llenas de expedientes.



Página Siete / La Paz

Para contribuir a la reducción de la retardación de justicia y agilizar las causas penales, la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal -promulgada ayer por el presidente interino Álvaro García Linera- ordena a las autoridades judiciales archivar temporalmente y luego de forma definitiva los casos que estén inactivos por más de un año.

García Linera dijo que hay procesos que llevan tres o cinco años sin ningún movimiento y se mantienen vigentes, aunque haya detenidos de forma preventiva en centros penales.

«Se dispone que todo proceso penal incoado (iniciado) por algún ciudadano o institución y que no tuvo ningún movimiento o desarrollo durante un año consecutivo o más será archivado momentáneamente. Luego, y si trascurriera otro año sin movimiento, será archivado definitivamente”, afirmó García Linera en conferencia de prensa.

De acuerdo a la norma, en 15 días  hábiles, que se cuentan desde hoy,  los jueces deben exigir a los fiscales de Materia que en 25 días hábiles publiquen la lista de las causas que se encuentran inactivas en más de un año para su posterior archivo.

Una vez que se publiquen las listas, las víctimas tienen 10 días para activar su proceso. Vencido ese tiempo, el fiscal dispondrá el archivo de obrados  y publicará la lista de los   casos archivados por medios escritos nacionales.

Si en el plazo de un año  el caso no es reactivado se extinguirá la acción penal de oficio.

La norma también establece que se podrán usar por una sola vez las excepciones, recusaciones, incidentes y excusas.

Por otra parte se establece que el abogado que utilice dos o más veces estos recursos dentro de un mismo caso será amonestado, luego sancionado económicamente y finalmente separado.

Según la segunda disposición transitoria, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tiene cinco días hábiles para ejecutar la ley. Asimismo, la norma crea una Comisión de Seguimiento y Monitoreo como instancia de decisión y fiscalización del proceso de implementación para el sistema penal.

El fiscal de Distrito de La Paz, José Ponce, afirmó: «No creo que estos plazos sean muy prudentes por lo cortos que son, pero… nosotros no la podemos discutir (la ley), la tenemos que cumplir”.

Punto de vista

Iván Campero,  vocal del Tribunal de Justicia de La Paz

Una ley que tiene muchas falencias

En el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz hemos analizado y hemos visto que no es una ley que vaya a favorecer el descongestionamiento porque tiene muchas falencias, como el hecho de que tres jueces se harán cargo. Es un problema porque se tienen que generar nuevos puestos y la ley no asigna recursos.

Sin recursos, ¿qué vamos a hacer? No bastan las buenas intenciones. Nuestro presupuesto ni siquiera llega al 1% del Tesoro General. 

     También está el hecho de que se están eliminando las audiencias conclusivas cuando la finalidad es modular. No se puede eliminar ese tipo de audiencias para que sanen el proceso.

Otro de los problemas es que sacaron la ley de forma apresurada. Seguramente quieren ver cómo se va a descongestionar el sistema judicial penal.

La nueva norma elimina la vacación colectiva de jueces y fiscales

«Se elimina la vacación colectiva de jueces y fiscales que tanto daño trajo al desarrollo de los procesos penales”, afirmó el presidente en ejercicio del Estado, Álvaro García Linera, tras promulgar  la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal.

Los jueces y fiscales saldrán de vacaciones en forma individual, porque de esta manera -agregó García Linera- se evitará que los Tribunales  dejen de atender cada año por más de 30 días.

«A mitad de año y al finalizar los años se cerraban los tribunales. Uno tenía que esperar a que se acaben las vacaciones colectivas. Ahora no hay más”, manifestó García Linera.

El artículo 126 de la nueva ley establece que «las magistradas y los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y las y los vocales, juezas y jueces de los Tribunales Departamentales de Justicia, así como las y los servidores de apoyo judicial de sus despachos gozarán de vacación anual individual de 25 días calendario, que serán reguladas y programadas por el Tribunal Supremo de Justicia y los Tribunales Departamentales de Justicia en coordinación con el Consejo de la Magistratura”.

Hasta antes de la promulgación de la norma que agiliza los procesos, en Bolivia las vacaciones judiciales se concretan dos veces al año. La primera a medio año y el segundo a fin de año. Durante las vacaciones se sorteará un juzgado de turno.

El segundo Mandatario indicó que esta acción permitirá al litigante acelerar sus procesos.

Asimismo, advirtió que en el Código Procesal Penal  se incorporarán medidas «mucho más duras” para acelerar los procesos  judiciales y acabar con la retardación de justicia.

Otros  artículos

Personal. En el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación de la  ley, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público deberán realizar la designación de nuevos jueces instructores en materia penal y jueces de sentencia;  fiscales de materia, servidoras y servidores públicos de apoyo a la función del Ministerio Público.

Comisión. La comisión de monitoreo estará constituida por el Ministerio de Economía, de Justicia, Fiscalía General y presidente del Tribunal Supremo de Justicia.

Procuraduría. La Procuraduría General del Estado podrá participar e intervenir en aquellas causas penales por delitos que afecten a los intereses del Estado, sin necesidad de constituirse en parte querellante, pudiendo plantear y/o solicitar cuanta diligencia y/o recurso que franqueé la ley.

Detención. La detención preventiva cesará cuando su duración exceda los 12 meses sin que se haya dictado acusación o 24 meses sin que se hubiera dictado sentencia, excepto en delitos de corrupción, seguridad del Estado, feminicidio, asesinato, violación a infante, niño, niña, adolescente e infanticidio. Asimismo, cuando la persona privada de libertad acredite que se encuentra con enfermedad terminal.

Investigación. Las investigaciones preliminares efectuadas por la Policía Boliviana deberán concluir en el plazo máximo de 20 días, a partir del informe de inicio de la investigación al juez de Instrucción en lo Penal. Dentro de las 24 horas siguientes, la Policía remitirá a la Fiscalía los antecedentes y objetos secuestrados, salvo que el fiscal disponga en cualquier momento su remisión.