Municipio cruceño aprueba Ley que sanciona a los que boten basura en la calle


[vid url=http://cd1.eju.tv/wp-content/uploads/2016/06/PB1606280751.mp4]El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra aprobó este jueves la Ley Autonómica Municipal de Aseo Urbano, que tiene por objeto establecer las políticas municipales referidas a los derechos y obligaciones de los usuarios, infracciones y sanciones al aseo urbano, enmarcadas en las competencias exclusivas consagradas en la Constitución Política del Estado.El Concejo Municipal, que sesionó este jueves en el Parque El Arenal, Distrito 11, aprobó por unanimidad la nueva norma que entre sus fines faculta al Gobierno Autónomo Municipal, a través de su unidad encargada del aseo urbano para actuar en calidad de autoridad competente, establecer los derechos, obligaciones y responsabilidades de los sectores y actores, además de las infracciones y sanciones de las instancias involucradas en el aseo urbano municipal.“Al vecino no le gustan los 3.000 microbasurales que hay en la ciudad, esta es una norma positiva que ha sido ampliamente deliberada”, dijo la presidenta del Concejo Municipal, Angélica Sosa.De acuerdo a ley, las obligaciones de los ciudadanos son conocer y dar cumplimiento a las normativas municipales relativas al aseo urbano, reducir la generación de residuos en cantidad y peligrosidad, depositarlos en sitios autorizados, realizar el pago conforme a la tasa de aseo, denunciar las infracciones, pagar las sanciones y proporcionar datos fidedignos a la hora de la inspección.Respecto a las infracciones, la norma las califica como leves en tres categorías, graves también en tres categorías y gravísimas en otras tres categorías.En cuanto a las escalas de sanciones, los montos serán determinados de acuerdo a las modificaciones y actualizaciones del salario mínimo nacional.Por ejemplo, mientras una persona natural que haya cometido una infracción leve en la categoría 1 será multada con el 15% del salario mínimo nacional, para una persona jurídica la multa será un salario mínimo completo.Para los cánones altos establecidos en categoría 3 de faltas gravísimas, la ley prevé una multa de nueve salarios mínimos para la persona natural y 19 salarios mínimos para la persona jurídica.Para el cobro de las sanciones en mora, la nueva norma prevé que en caso no hacer efectivo el pago de sanciones, el Gobierno Municipal podrá efectuar la inclusión del monto establecido en el sistema de cobranza empleado para realizar el cobro de la tasa de aseo urbano, impuestos a vehículos y/o impuestos a inmuebles.Fuente: ATB, La Estrella del Oriente