[vid url=http://cd1.eju.tv/wp-content/uploads/2017/01/PB1701130730.mp4]La observación que hizo el Tribunal es porque el estatuto no respeta la terminología de la CPE para hacer referencia a las naciones indígenas. La Asamblea Departamental se pronunciará hoy.El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró incompatibles 61 artículos, de los 144 que tiene el Estatuto Autonómico de Santa Cruz y dispuso que la Asamblea Legislativa Departamental y las instancias competentes procedan a subsanar dichas observaciones y realizar una nueva socialización antes de presentarlo nuevamente para el control constitucional a esta institución.El presidente del TCP, Oswaldo Valencia, acompañado de sus colegas Zenón Bacarreza, Macario Lahor Cortez y Efrén Choque, informó de que la declaración constitucional 170/2016 de 16 de diciembre fue notificada ayer a las instancias correspondientes en Santa Cruz dando cuenta de que de los 144 artículos, 61 fueron declarados incompatibles con la Constitución Política del Estado y otras dos disposiciones transitorias, el resto son compatibles, dijo.“Estos 61 artículos tendrán que ser nuevamente abordados por las autoridades conforme manda la ley, en un trabajo de socialización por cuanto en el caso de control normativo se recibieron bastantes cuestionamientos en su elaboración”, recordó Valencia al momento de entregar el documento a un representante de Santa Cruz.Aclaró que se está exhortando a que las autoridades competentes en Santa Cruz, en un breve plazo, remitan nuevamente el documento del estatuto luego de un proceso de socialización que no tenga los incidentes de observaciones que acontecieron en la presentación del primer documento.El estatuto cruceño fue entregado al TCP para control constitucional hace más de un año y a la fecha aún no tiene una declaración constitucional plena sino parcial de 83 artículos declarados constitucionales.La reacción Según el director jurídico de la Gobernación, Luis Fernando Roca, la observación a una parte de los articulados de la norma cruceña no significa que está declarada inconstitucional por no ser compatible con la Constitución Política del Estado, sino que las observaciones se refieren a algunos términos para nombrar a los pueblos indígenas y que no condice con lo que manda la Carta Magna. Pese a esa observaciones, Roca afirmó que la norma fue declarada constitucional, por lo tanto, el resto de los artículos pueden ser aplicados.El veto a los artículos es porque gran parte de los artículos en los que se refiere a las naciones indígenas de Santa Cruz, según Roca, a petición de los asambleístas indígenas se denominó como pueblos indígenas del departamento y no como está en la Carta Magna.Ayer, la directiva de la Asamblea Legislativa Departamental emitió un comunicado en el que anuncia que en el transcurso de hoy dará a conocer una posición oficial sobre el tema. EL DEBER intentó comunicarse vía llamada a celular con los asambleístas Isaac Ávalos y Edwin Muñoz para conocer su versión sobre el tema, pero no fueron encontradosFuente: Red Uno, El Deber