Magistrado Oswaldo Valencia: “El preaviso está vigente, pero se aplica la interpretación del TCP”

Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia.Valencia habló con EL DEBER sobre la polémica del preaviso¿Sigue vigente el artículo 12 de la Ley General del Trabajo?La figura del preaviso está en la Ley General del Trabajo, pero en 2013 el Tribunal Constitucional, sin presión de nadie, interpretó ese artículo 12 desde la Constitución y determinó que solamente es válido ese preaviso en la medida que el trabajador acepte; por lo tanto, desde el 2013 se continuará en la interpretación favorable al trabajador.Sin embargo, los sectores sociales dicen que no es suficiente una interpretación, exigen la anulación del preavisoEl Tribunal Constitucional está obligado a respetar sus precedentes y a crear líneas, y esta línea es sólida y de varios años en favor del trabajador.En otras palabras, es como si el preaviso no tuviera eficacia y esto significa que si algún trabajador ha sido despedido con un preaviso y rechazado por él, puede acudir a la Inspectoría de Trabajo y pedir la conminatoria, y si no se hace caso a esa conminatoria, el Tribunal Constitucional concede la tutela al trabajador; sin embargo, la norma del preaviso está vigente, pero se aplica en base a la interpretación constitucional, es decir,  nadie puede interpretar el artículo 12 de la Ley General de manera fría y asilada, sino que tiene que interpretar basados en la sentencia 1262/2013, del 1 de agosto.La interpretación constitucional no impide que el trabajador acuda al Tribunal Constitucional a través de un amparo o pueda presentar una demanda de inconstitucionalidad a ese artículo.EL DEBER