Cívicos cruceños recolectarán 100 mil firmas para enviar a la OEA

[vid url=http://cd1.eju.tv/wp-content/uploads/2018/01/PB1801160700.mp4]CÍVICOS. El Comité pro Santa Cruz solicitará a la CIDH que se pronuncie sobre el artículo 23 del Pacto de San José, el cual el TCP interpretó de una manera que habilita al presidente y vicepresidente a una nueva repostulación; para ello se inicia la recolección de firmas.El presidente del Comité pro Santa Cruz, Fernando Cuéllar, anunció la recolección de más de 100 mil firmas que serán enviadas al secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), solicitándole pida a la Corte Internacional de Derechos Humanos la interpretación del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“Ya tenemos los libros; estamos en el proceso de la notarización y a partir del día de mañana van a estar prestos para la firma de los ciudadanos”, dijo el líder cívico a tiempo de indicar que los libros estarán en el Comité pro Santa Cruz y en otros puntos de la ciudad, para lo cual se trabajará con diferentes sectores y plataformas para llevar a cabo las firmas en el plazo de un mes. Señaló que también se recabarán rúbricas en Cochabamba y La Paz, además de otros departamentos y provincias. Cuéllar afirmó que con las firmas se busca legitimar la consulta ante la OEA.

El acta de apertura de los libros notariados señala que el propósito es solicitar al secretario general de la OEA que su despacho o cualquiera de los órganos de la organización realice la consulta prevista en el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, respecto a la interpretación del artículo 23 de la convención, si es que reconoce el derecho a que las autoridades electas por voto popular, como presidente y vicepresidente del Estado se postulen a la reelección de manera indefinida.



Asimismo, si el derecho político de ser elegido puede ser restringido o limitado por razones históricas, políticas, sociales u otras razones, al margen de los criterios establecidos por el numeral 1.b del art. 23 de la convención. Y finalmente si la limitación a la reelección de las autoridades electas a una sola vez de manera continua vulnera el derecho político de ser elegido.

Fuente: Cadena A, El Mundo