Sabotaje industrial: Evo pide ley de impunidad para trabajadores

De acuerdo con el exviceministro Richard Vilca, el proyecto de norma es “anticonstitucional”, porque atenta contra la libertad de trabajo y de empresa.

 

El presidente Evo Morales envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional un proyecto de ley para dar impunidad a los trabajadores y dirigentes que cometan sabotaje industrial, es decir, atenten contra la libertad de trabajo y empresa.“II. No constituirá delito de atentado contra la libertad de trabajo cuando la misma emerja de la defensa de los derechos y beneficios laborales por parte de dirigenta o dirigente sindical o trabajadora o trabajador dentro de un conflicto laboral y en el ejercicio del derecho a la huelga”, indica el proyecto.El texto corresponde al segundo artículo del documento que modifica el artículo 303 del Código Penal, que sanciona a quienes “impidan, obstaculicen o restrinjan la libertad de trabajo”, ya que exime de responsabilidad a los dirigentes que incurran en dichos actos, si éstos se llevan a cabo en el marco de una huelga.El proyecto incluye excepciones y prevé la reducción de penas si se cometen estos delitos, tipificados en el Código Penal.En la actualidad, el documento está en tratamiento en la Asamblea y tiene por objetivo modificar el artículo 232, además del 303, del Código Penal, para establecer “un mecanismo de protección para los dirigentes que en el ejercicio de su labor sindical son procesados”, según la exposición de motivos que figura en la propuesta de ley.“El presente proyecto de ley propone el restablecimiento y garantía de sus derechos laborales, por lo cual es necesario modificar el quantum de la pena del tipo penal ‘sabotaje’ de uno a ocho años de presidio, a de dos a cuatro años”, se menciona.Además, se incluye una salvedad para que este ilícito pueda ser considerado un delito como tal, ya que el artículo modificado especifica que para que la “invasión u ocupación” de centros de trabajo sea considerada sabotaje, debe haber sido llevada a cabo con el uso de la violencia.



“La persona que con el fin de impedir o entorpecer el desarrollo normal del trabajo o de la producción, mediante violencia invada u ocupe establecimientos industriales, agrícolas o mineros, o cause daños en las máquinas, provisiones, aparatos o instrumentos en ellos existentes”, se plantea en el proyecto.El exviceministro de Trabajo  Richard Vilca  opinó que con estos elementos se busca dotar de impunidad a los dirigentes y trabajadores que incurran en el delito de sabotaje, ya que en la norma se incluyen varias salvedades y se reducen las penas.“Como indica la exposición de motivos del proyecto de ley, es un mecanismo de protección a los dirigentes, en otras palabras, se garantiza su impunidad. Con el proyecto de ley  se introduce expresamente la palabra ‘violencia’ como elemento conformador del delito, quiere decir que si no hay violencia es impune el sabotaje. Se puede concluir que se legaliza el sabotaje, si éste es pacífico y si se realiza dentro de un conflicto laboral”, explicó la exautoridad de Trabajo.Sobre la libertad de trabajo, Vilca acotó que es un bien jurídico de todo ciudadano para trabajar sin que nadie se lo impida, por lo que esta modificación dejaría en estado de indefensión a los  trabajadores que no estén de acuerdo con acatar las huelgas.“En conclusión, ambos artículos del proyecto de ley  son inconstitucionales porque atentan contra la libertad de trabajo y de empresa, y garantizan la impunidad en la violación de estos dos derechos”, mencionó. CNI rechaza las medidas planteadas por el proyecto de normaA través de un comunicado, la Cámara Nacional de Industrias (CNI) expresó su rechazo al proyecto de ley que pretende introducir excepciones a la tipificación de los delitos de sabotaje y atentados contra la libertad de trabajo, que en la actualidad están incluidos en el Código Penal boliviano.

“El proyecto de ley en cuestión busca eximir de responsabilidad legal a los dirigentes sindicales, actuando en el marco de un conflicto laboral y en el ejercicio del derecho a la huelga, incurran en los delitos antes mencionados, lo cual, en la práctica, significaría otorgar privilegios especiales a algunos ciudadanos en relación con los demás habitantes del país”, manifestó la CNI.El comunicado agrega que el proyecto planteado contraviene lo dispuesto por el artículo 47 de la Constitución, ya que atenta contra la actividad de los empleadores sin que exista un justo motivo.“El riesgo al exceptuar de responsabilidad a los dirigentes o trabajadores va más allá del derecho del trabajo y de la propiedad, debido a que  si se trata de una actividad relacionada con servicios básicos y esenciales, se vulneran los derechos de toda la población”.Página Siete / Manuel Filomeno /  La Paz