La Contraloría General, en su informe preliminar LX/EP14/017, rebate a la Alcaldía de La Paz y señala que la vivienda demolida a Juan Brun en 2000, durante la administración edil de Juan del Granado, fue un hecho ilícito porque el predio no era municipal.
El caso volvió a la palestra pública el lunes 3 de junio, cuando se conoció que la Contraloría, al mando de Henry Ara, inició un proceso coactivo fiscal contra Del Granado y otras personas en busca de la “reparación patrimonial de daños y perjuicios” ocasionados por el pago de Bs 19,9 millones a Brun.
Según la agencia estatal ABI, que hace referencia al periódico Cambio, el documento halla responsabilidad civil solidaria “por pérdida de bienes del Estado por negligencia y/o irresponsabilidad”, y apunta a Del Granado; el exconcejal Roberto Moscoso; Aida Camacho, exdirectora jurídica; el exfiscal de distrito Rodolfo Moreira y los herederos de la concejala fallecida Cristina Corrales de Ruiz.
Tenor. “El terreno de 322,50 metros cuadrados, ubicado en la avenida Costanera 222, entre las calles 9 y 10 de la zona de Següencoma, no era ni es aire del río Choqueyapu, como erróneamente afirmó el ex Gobierno Municipal de La Paz, por tanto no fue propiedad municipal, sino propiedad privada de Juan Brun Guzmán y su esposa”, concluye el informe.
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Por ello, indica que queda claro que la demolición de la vivienda “constituye un hecho ilícito que causó daño y perjuicios materiales o económicos”. La decisión del gobierno local se tomó porque el terreno se hallaba en un área verde. Tras ello, activó una demanda por mejor derecho propietario, que perdió y ya tiene sentencia ejecutoriada, aunque la actual administración indicó que aún hay incidentes pendientes de tramitación.
La Contraloría subraya que “en un principio debieron iniciar una acción ordinaria ante los tribunales de justicia demostrando su mejor derecho propietario y luego de que la Justicia les diera la razón, recién podían haber procedido a demoler la construcción nueva (…). En ese orden, adviértase que para que el Estado pueda afectar válidamente un inmueble al uso público, era indispensable que dicho inmueble se halle en poder del Estado en virtud de un título jurídico que le haya permitido adquirir el dominio”.
El miércoles 5, Del Granado objetó el proceso en su contra y señaló que su medida se apoyó en tres disposiciones: una resolución defensorial, una ordenanza municipal de 1999 y una resolución del entonces fiscal Moreira. Aparte, denunció una colusión (pacto ilícito en daño de un tercero) de intereses entre el gobierno del MAS y sus operadores políticos con Brun.
Según la Alcaldía, Brun, oficial mayor de Hacienda y Administración en la gestión de Gaby Candia (1993-1995), tramitó y obtuvo certificado catastral, línea nivel (noviembre de 1997) y aprobación de planos (abril de 1998) de un predio que era parte del equipamiento de Següencoma Bajo, y que compró.
Para la Contraloría, la Alcaldía violó la garantía constitucional de inviolabilidad de propiedad. Además, el daño económico al municipio ya se efectuó porque los Bs 19,9 millones “ya no se encuentran en cuentas fiscales”, sino en las del Órgano Judicial, bajo su custodia.
Aparte, el informe aclara que la ordenanza edil referida por Del Granado, de 1999, nunca fue publicada, por lo que no adquirió “eficacia o vigencia”, informa la agencia ABI. Y concluye que el exalcalde “tenía la obligación de ejercer las funciones de control de las operaciones puestas a su conocimiento”.