El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ya notificó a la presidenta de la Cámara de Senadores y titular de la Asamblea Legislativa, Eva Copa, sobre la objeción en parte a ley de postergación de las elecciones. Solo espera su respuesta para instalar una sesión por “tiempo y materia” con el fin de emitir un fallo en el tiempo más breve posible.



Así lo ha manifestado este miércoles el presidente del TCP, Paul Franco, en una entrevista en la red Unitel.

“Una vez que llegue la respuesta o transcurrido los 15 días, se va a producir el sorteo; el TCP va a prestar sus buenos oficios para emitir la resolución en el plazo más breve posible con la finalidad precisamente de darle certeza y seguridad jurídica al país”, dijo.

Luego añadió: “Vamos a hacer todo lo posible, existe el alto compromiso del TCP de trabajar por tiempo y materia y en ese entendido vamos a estar atentos a la llegada de la respuesta y proceder al sorteo correspondiente y emitir la resolución cuanto antes”.

Copa tiene 15 días para responder al TCP sobre el recurso planteado por el entonces senador y ahora ministro Óscar Ortiz.

A juicio de este último, la ley promulgada por la Asamblea Legislativa, que fija la convocatoria a elecciones presidenciales en un plazo de 90 días, es decir hasta el 2 de agosto, en medio de la pandemia del nuevo coronavirus, atenta contra la salud de los votantes.

Franco explicó que “en este caso se tendrá que determinar si el artículo que ha sido impugnado de la Ley 1297 resulta compatible con la Constitución o es incompatible; en ese caso ameritará una sentencia ya sea declarando la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de la frase que ha sido impugnada y que está contenida en el artículo 2 de la mencionada ley”.

¿Cuál es la frase? Ortiz impugna precisamente que en la ley se cite que la votación “deberá efectuarse en un plazo máximo de 90 días computables a partir del 3 de mayo de 2020”, es decir, que el TSE convoque a las elecciones hasta el 2 de agosto.

Impugnación

Franco puntualizó que la acción “está dirigida a impugnar parcialmente el artículo 2 de la ley 1297”. No obstante, puntualizó que la ley en cuestión sigue vigente.

“Al no haber ninguna decisión de fondo, las normas que son sometidas a control de constitucionalidad en tanto y en cuanto el tribunal no defina por parte de la sala plena esta situación, siguen vigentes”, remarcó.

El presidente del Órgano Electoral, Salvador Romero, anticipó hace un par de semanas que el Órgano Electoral cumplirá la ley, por eso ya organiza con sus colegas la reanudación del calendario electoral.

¿Qué derecho prima más, el de la salud o el del ejercicio al voto?, le consultaron al magistrado Franco y éste replicó: “Esa pregunta está dirigida al fondo de la acción (recurso), yo me encuentro impedido de contestarla”.

La postergación de las elecciones del 3 de mayo devino a la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus en el país. A raíz de la crisis, el TSE había suspendido el calendario electoral y pidió a las fuerzas políticas a concertar una nueva fecha de los comicios. (27/05/2020)

Fuente: La Razón