La Confederación de Gremiales de Bolivia y la Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) hicieron conocer ayer su preocupación en sentido de que el Gobierno nacional no cumple con la Ley 1294, al indicar que la primera cuota a la banca debe realizarse en septiembre.
Según la ley son seis meses de diferimiento después de que se levante la declaratoria de emergencia sanitaria nacional por efectos de la pandemia del coronavirus.
El Gobierno de la presidenta Jeanine Áñez emitió el Decreto Supremo (DS) 4248 que amplía por otros tres meses el diferimiento de pago de créditos para todas aquellas personas que deben a las entidades financieras y bancos menos de 1 millón de bolivianos y no sean asalariados.
La primera cuota debe realizarse en septiembre, pero según ambos sectores ésta se debe pagar recién en diciembre.
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El ejecutivo de la Confederación de Gremiales de Bolivia, Juan Carlos García, afirmó a la ANF que su sector se encuentra en estado de emergencia después que se emitiera el DS 4248, porque consideran que no cumple con lo estipulado en la ley.
Informó que enviaron a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) una solicitud para que esa instancia pueda realizar una norma interpretativa sobre la Ley 1294.
García indicó que ese sector está entrando a junio, julio y agosto que son “meses muertos”, porque baja el movimiento económico y recién desde septiembre hasta enero se elevan las ventas.
En tanto, el representante de la Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype), Agustín Mamani, indicó que lo que ellos están solicitando es que se mantenga el espíritu de la ley que es justamente el de reactivar las unidades productivas.
“Lo que nosotros estamos pidiendo es que se basen a la letra muerta de la ley, (y que) no esté sujeto a las interpretaciones. Qué es lo que dice en la ley, de que una vez levantado el periodo de emergencia entraría en vigencia la Ley 1294”, manifestó.
Mamani dijo que los bancos argumentan que si se amplía el diferimiento de pagos por otros seis meses, entrarán en iliquidez, pero las autoridades no toman en cuenta que el sector microempresario hace mucho tiempo está en bancarrota y ahora existen más de 400.000 unidades productivas en esa situación.
El Decreto Supremo 4249 también establece la ampliación del plazo del vencimiento para el pago del IUE hasta el 31 de julio para los contribuyentes categorizados como resto y excluye a los Gracos y Pricos.
Al respecto, organizaciones empresariales como la Asociación Nacional de Comercializadores Privados de Hidrocarburos (Asosur Nacional) y la Cámara Nacional de Comercio (CNC) pidieron la inclusión del universo de contribuyentes en el diferimiento.
Asosur indicó que si no se los incluye se lesionarían los principios constitucionales.
DATOS
Diferimiento del pago de créditos
El DS 4248 amplía el diferimiento del pago de créditos hasta agosto a prestatarios que deben hasta 1 millón de bolivianos.
Las personas que tengan créditos con montos superiores y deseen acceder al diferimiento podrán hacer la solicitud a su entidad financiera y se evaluará caso por caso.
Los prestatarios que cuenten con un ingreso fijo del sector público o privado no se acogerán al diferimiento, excepto los que hayan sido afectados por despido o reducción de salarios.
La medida no implicará el incremento de la tasa de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora.
Fuente: lostiempos.com
