Ministro Núñez anuncia nuevas medidas de ‘postconfinamiento’; se abre la frontera aérea

Se amplía el horario de circulación de vehículos hasta las 20:00, de lunes a viernes, y los fines de semana también se podrá circular en motorizados.

Cecilia Dorado/eju.tv


Fuente: Ministerio de la Presidencia



El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, anunció las nuevas flexibilizaciones en la fase de postconfinamiento del 1 al 30 de septiembre, estableciéndose medidas de vigilancia de la pandemia.

Una de las medidas más importantes es que se abre la frontera aérea para el transporte aéreo de pasajeros y comercial. «Este transporte, además de ser regulado por el Ministerio de Obras Publicas, será exigente en el cumplimiento de medidas de protocolo y bioseguridad», explicó.

Se amplía el horario de circulación de vehículos. Se podrá circular hasta las 20:00, de lunes a viernes. También se podrá circular los fines de semana, de 05:00 a 16:00.

Los servicios delivery continuarán de 9:00 a 22:00, de lunes a domingo, de acuerdo a lo establecido por los COED de cada región.

Los permisos de circulación quedan válidos y vigentes hasta el 30 de septiembre de 2020.

Se exigirán las medidas de distanciamiento social, el uso del barbijo, el uso del alcohol y el lavado de manos como medidas de bioseguridad.

JORNADA LABORAL

La jornada laboral en el sector público y privado será en horario continuo, de acuerdo al reglamento establecido por el Ministerio de Trabajo.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Las actividades económicas que se pueden desarrollar son:

Sector industrial, manufactura, agropecuario, maderero y forestal. Actividades del sector minero y del sector de la construcción.

MUNICIPIOS FRONTERIZOS

De manera excepcional se permitirá la transitabilidad de ciudadanos nacionales o extranjeros, y la apertura de comercios en municipios fronterizos, previa coordinación con los países vecinos.

CONTROL POR PARTE DE MUNICIPIOS Y GOBERNACIONES

Las medidas postconfinamiento se determinarán de acuerdo a los índices de riesgo determinados por el Ministerio de Salud, pudiendo ser índice de riesgo alto, medio o moderado.

Riesgo Alto:

Suspensión de todas las actividades públicas y privadas en todos los sectores.

Suspensión de circulación vehicular pública y privada.

Riesgo Medio:

Está permitida la circulación de bicicletas y motocicletas con fines laborales.

Riesgo Moderado:

Autorización del transporte público y privado de acuerdo a la regularización del nivel central y las ETAs.

Los COED municipales y departamentales normarán lo siguiente:

  • El servicio ‘delivery’ a domicilio, mientras se reglamenta esta actividad de 09:00 a 22:00 de lunes a domingo.
  • Funcionamiento de las actividades de comercio, servicio y otras actividades.
  • Circulación de las personas para abastecimiento y atención en el sistema financiero.
  • Las actividades religiosas y culturales.

La producción y el abastecimiento están totalmente garantizados. El trabajo de las empresas que abastecen combustibles, carga, mercancía para exportación e importación también está garantizado, sin restricción de horarios.

Lea a continuación el informe dado a conocer por el Ministerio de la Presidencia:

MEDIDAS DE TRANSICIÓN A LA POSTCUARENTENA