Gobierno dice que comunicado del TCP que avaló sucesión constitucional no tiene valor legal


El viceministro de Justicia dijo que el comunicado no tiene fuerza vinculante.

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Tribunal Constitucional en Sucre. Foto: Internet

Fuente: ANF

El Gobierno central desconoció la validez del comunicado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que avaló la sucesión constitucional de la presidenta Jeanine Áñez en noviembre de 2019, porque no tiene «fuerza vinculante».



El viceministro de Justicia, César Siles, en relación al comunicado que avaló la sucesión constitucional, manifestó que la emisión del “comunicado” por el TCP no está previsto en la normativa legal vigente, por lo tanto, no tiene carácter vinculante para su cumplimiento.

“Un Tribunal Constitucional Plurinacional conforme a la Ley del TCP y al Código Procesal Constitucional solo puede manifestarse a través de sentencias, resoluciones y autos constitucionales, el comunicado no está dentro de la normativa vigente. Sin embargo, se ha emitido donde se avala la sucesión constitucional”, sostuvo Siles.

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En consecuencia, afirmó que la Fiscalía en el marco del acto investigativo determinará la naturaleza de ese comunicado que emitió el TCP, y se indagará el documento del 12 de noviembre de 2019.

Por su parte, el ministro de Justicia, Iván Lima, aseguro que la denuncia contra los exmagistrados se procesó en la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados.

“Ese comunicado, reitero los hechos de la resolución, no tiene firmas, tiene la objeción de una magistrada y no tiene el acuerdo de la sala plena. Todo eso está en el proceso de investigación que ha determinado la exclusión de responsabilidades de los magistrados. Ellos no avalaron las acciones realizadas por la señora Añez”, dijo en la Red Unitel.

A solo minutos de que Añez se proclamara presidenta del Estado de Bolivia, el TCP dio su respaldo legal a la sucesión constitucional en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 200, que se sustenta en la “vacancia” del presidente.

El TCP se pronunció mediante un comunicado ante la grave situación política y social que vive el país y ante la renuncia del presidente, vicepresidente, así como de las presidencias de las Cámaras de Senadores y Diputados.

Señaló que la jurisprudencia constitucional que se encuentra en la Declaración Constitucional 0003/01, estableció en su “considerando III, apartado 111.3 que, frente a una sucesión constitucional, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del jefe del Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de Ley, ni re Resolución congresal para que el vicepresidente asuma la Presidencia de la República”.

Asimismo, establece que “conforme al texto sentido de la Constitución, el vicepresidente asume ‘ipso facto’ la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión presidencial, prevista en el ordenamiento constitucional.