Un grupo de abogados demandaron la nulidad de la sentencia que dio curso a la reelección de Evo Morales. La resolución de la comisión de admisión tiene como fecha diciembre de 2019, pero recién fue notificada ayer.
Fuente: El Deber
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por un grupo de abogados que demandaron la nulidad de la sentencia 084/2017, que dio curso a la reelección de Evo Morales; la resolución de la comisión de admisión tiene como fecha diciembre de 2019, pero recién fue notificada ayer, martes, a las partes.
La resolución fue notificada un día antes de la realización de la audiencia de acción de amparo planteada en octubre de 2020, por los abogados demandantes que exigían al TCP el pronunciamiento sobre esta acción de inconstitucionalidad.
La audiencia de acción de amparo constitucional se realizó este miércoles, donde apareció la resolución de rechazo del TCP por lo que dicho amparo también fue denegado porque, no habría demora en la resolución constitucional que ya fue emitida hace más de un año.
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La demanda de inconstitucionalidad fue planteada el 2019, por los abogados Angélica Siles, José Antonio Rivera Santibáñez, William Bascopé, Gilberto Cortez, William Herrera, Arturo Yáñez y otros que pedían la nulidad de la sentencia de reelección.
Yáñez, que fue a la audiencia de amparo de este miércoles, dijo que se sorprendió con la aparición del auto constitucional que responde a su demanda de nulidad de la sentencia constitucional 084/2017, porque, pese a que preguntaban constantemente en el TCP, no había tal resolución.
El Auto Constitucional de diciembre de 2019, rechaza la acción de inconstitucionalidad presentada por Angélica Silez, Gilberto Cortez, Arturo Yáñez, William Bascopé y otros, que pedían la nulidad de la sentencia 084/2017.
Están pendientes otras demandas planteadas contra esta sentencia que avaló la repostulación de Evo Morales en 2019, se desconoce si el TCP ya se pronunció, pero aún no notificó.