Bolivia: un oasis para el contrabando


 

El contrabando no es un hecho aislado, es un epifenómeno de la informalidad. Según el reporte “Informalidad laboral en América Latina” del 2020, del Latin American Public Opinion Project (LAPOP) de la Universidad Vanderbilt, nuestro país cuenta con un 73,1% de trabajadores informales. Nuestra pesada carga tributaria, restricciones al mercado laboral y la ineficiencia de las instituciones gubernamentales son las principales causas del gran tamaño del sector informal, que permite pulular a los contrabandistas. Esta endeble situación, para impulsar la formalidad, se ve reflejada en el Doing Business Report del 2020, que sitúa a Bolivia en el puesto 150 de 170 países para hacer negocios. Esto nos hace pensar que con nuevas leyes e instituciones eliminaremos este mal, lo cual es una falsa premisa, toda vez que el contrabando se ahonda más en nuestra economía, al no haber voluntad política para fomentar la formalidad en el país.



Durante la Asamblea Constituyente nuestros asambleístas tuvieron la gallardía de tipificar al contrabando como delito económico, mediante el artículo 325. Esto hizo de Bolivia la primer y única nación del mundo en considerar esta conducta como delito en un texto constitucional. A pesar de ello, nuestro rimbombante texto constitucional no nos causa sorpresa, puesto que contamos con legislación anticontrabando desde 1884 y entidades público-privadas y públicas, creadas coyunturalmente, desde 1968 hasta el 2020. Es una lucha centenaria y sin resultados contundentes.

En la actualidad, con la legislación vigente es virtualmente imposible procesar a contrabandistas delictivos.

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El artículo 181 del Código Tributario Boliviano ha sufrido cinco modificaciones desde su promulgación el 2003. Inicialmente, para que el contrabando sea considerado como un delito, el valor del tributo omitido debía superar las UFV’s 10 mil ($us 1.337). Empero, en la actualidad este valor se ha incrementado en un 1.900%, puesto que el tributo omitido de las mercaderías de contrabando debe ascender las UFV’s 200 mil ($us 69.000), monto que es el más alto de todo el continente americano.

Ilustrando esta situación, por ejemplo, sobre el contrabando de televisores de costo unitario de $us 1.000, el 2003 había riesgo de ser procesado penalmente por contrabandear catorce televisores, por un monto de $us 13 mil. No obstante, el 2021, un contrabandista recién tiene riesgo de ser imputado por contrabando al internar 690 televisores por un valor de $us 690 mil. Con este escenario, por el alto valor para determinar contrabando delictivo, es evidente que la puerta del contrabando en Bolivia es muy grande, siendo que a la fecha no se conocen personas procesadas penalmente por este delito. Esto nos plantea que debemos achicar la puerta para los contrabandistas, para que la determinación de tributo omitido -que establece si es contrabando contravencional o delictivo- no sea excesivamente amplio. Debemos retomar la coherencia del 2003 o el 2011, que consideraban contrabando delictivo cuando el valor de tributo omitido superaba las UFV’s 10 mil o 50 mil, respectivamente.

Respecto a las cifras del contrabando en Bolivia, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) ha estimado, grosso modo, que la internación ilícita de productos es de $us 2.300 millones anuales. Mientras que, según estudios de la Cámara de Industria Comercio Servicios y Turismo de Santa Cruz – Bolivia (CAINCO), se estima que asciende a $us 368 millones sobre ocho categorías de alimentos y bebidas, $us 576 millones sobre línea negra (celulares y televisores) y $us 70 millones sobre lubricantes de hidrocarburos. Esto debería alarmar a las autoridades nacionales, puesto que requerimos de acciones inmediatas para reactivar la economía nacional, más aún cuando el contrabando se ha profundizado este último cuatrimestre, en detrimento de diversos puestos de trabajo formal.

No obstante, los decomisos son minúsculos, en proporción al contrabando. Según datos de la Aduana Nacional el valor de mercadería decomisada el 2018 fue de Bs 512 millones, el 2019 de Bs 601 millones y el 2020 de Bs 383 millones. Mientras que, para la gestión 2021, la meta anual ha sido reducida a Bs 289 millones, monto que está muy por debajo a las gestiones pasadas y anodina con relación a lo que se interna ilícitamente al país.

Si es que quisiéramos mejorar estas cifras, las autoridades deben aunar esfuerzos y tener voluntad. Diversas entidades del Estado poseen competencias y facultades para decomisar y destruir productos sin registro sanitario. Sin embargo, ninguna coordina plenamente entre sí, lo cual hace pensar que “la casa está desordenada” porque cada uno actúa por su cuenta. En este sentido, es necesario que la Aduana Nacional asuma liderazgo y articule acciones -no aisladas- junto al Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando; los municipios; autoridades regulatorias como SENASAG, para el sector de alimentos, AGEMED, para el sector salud, entre otras; y el sector privado, este último por ser afectado ante la severa competencia desleal del contrabando.

Asimismo, las autoridades ediles, recientemente posicionadas, deben municipalizar la lucha contra el contrabando. Los nuevos alcaldes deben entender que contando con más emprendedores formales, se les permitirá a sus municipios recibir mayores recursos, a través de la coparticipación tributaria. Por ende, los municipios deben prohibir la venta de productos de contrabando en los mercados municipales y decomisar toda mercadería internada ilícitamente. Corresponderá que los municipios modifiquen, correspondientemente, el Decreto Municipal N.º 005/2020 de La Paz, la Ordenanza Municipal N.º 059/2010 de Santa Cruz de la Sierra, la Ley Municipal N.º 0048/2014 de Cochabamba.

Además, la lucha contra el contrabando debe afectar directamente a los grandes contrabandistas a través de allanamientos expeditos a sus almacenes y la intervención a los pasos ilegales. Primeramente, se debe simplificar el procedimiento de obtención y ejecución de los allanamientos. En la actualidad la Aduana Nacional, es la única que puede interponer solicitudes de allanamientos, a pedido de denunciantes particulares, ante el Ministerio Público, para que este obtenga la orden ante un Juez. El escenario actual permite que se pueda filtrar información a los contrabandistas, al ser una gestión que pasa por tres entidades. Por lo que los allanamientos deben ser expeditos y ejecutados con celeridad, para evitar la filtración de información, imposibilitando que los contrabandistas oculten su mercadería ilícita. Como también, debe dificultarse la comisión de este delito desde las fronteras de forma creativa. Las Fuerzas Armadas deben intervenir sistemática y efectivamente los pasos ilegales en nuestras fronteras, destruyendo u obstaculizando las vías de contrabando.

Lastimosamente, podemos señalar que el andamiaje legal en Bolivia es permisivo con la informalidad y el contrabando, ser contrabandista es fácil. Mientras que un emprendedor formal atraviesa un calvario para subsistir, como Sísifo en las montañas, el contrabandista vive en un paraíso, engordando sus ingresos en el oasis boliviano.

Por este motivo, las autoridades nacionales, como la Aduana Nacional, en vez de revisar abusivamente a los viajeros que llegan a nuestros aeropuertos, deben vigilar y controlar férreamente a los contrabandistas que internan sus mercancías por vías clandestinas, comercializándolo en nuestros mercados. Nuestras autoridades deben asumir liderazgo y tener la voluntad para reaccionar inmediatamente contra este delito e impulsar políticas que fomenten la formalidad. Por el contrario, seguiremos siendo permisivos como sociedad y gobierno con este mal, en desmedro de nuestra economía y la generación de empleos formales.

Ian Miranda es abogado e investigador jurídico