Sucre: Sube el número de adopciones internacionales y baja el de las nacionales

¿Qué debo hacer para adoptar? Entérese aquí de los requisitos y cursos a seguir para adoptar en Bolivia
25/07/2021 10:04 | Sucre/CORREO DEL SUR

El número de adopciones internacionales subió en 2020 (imagen ilustrativa).

Fuente: correodelsur.com

En los dos últimos años, en Sucre, se incrementó la cantidad de adopciones internacionales de niños, niñas y adolescentes. Pero las nacionales disminuyeron. Aquí les contamos las causas.



La abogada encargada de Adopciones del Servicio de Gestión Social (Sedeges) en Chuquisaca, Leticia Ferreira, confirmó a CORREO DEL SUR que en 2018 y 2019 los números de adoptados por ciudadanos extranjeros no superaban de dos o tres, pero en 2020 subieron a siete.

“Conforme se ha promulgado la Ley 1168 (de Abreviación Procesal para Garantizar la Restitución del Derecho Humano a la Familia de las Niñas, Niños y Adolescentes), y la última modificación de la Ley 548 (Código Niña, Niño y Adolescente), se ha visto de suprimir plazos y de hacer el trámite de adopción más corto. Ahora no excede los cuatro meses”, señala Ferreira como uno de los factores.

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Asimismo, dice que otro de los elementos que contribuyó a que las adopciones internacionales aumenten es la firma de varios convenios con otros países, principalmente de Europa.

En cuanto a la reducción de las adopciones nacionales, la atribuye a la llegada del covid-19 al país, en marzo del año pasado.

Para dar cuenta de este escenario nos remitimos a los datos registrados en los dos últimos años sin pandemia. Por ejemplo, en 2019 el Sedeges registró solo dos adopciones internacionales y 16 nacionales. Si bien no se tiene un registro preciso de 2018, se cree que ese año el parámetro fue similar.

Pero los números cambiaron relativamente en 2020, ya que las adopciones internacionales subieron a siete, aunque las nacionales bajaron a nueve.

Este 2021 el parámetro de adoptabilidad desde el exterior podría subir aún más, ya que solo en el primer semestre se completaron seis internacionales y cinco nacionales. Ferrería agrega que, a la fecha, cuentan con aproximadamente 24 inscritos.

Rangos de edad

De cero a tres años es el rango de edad más requerido por los adoptantes nacionales, mientras que los internacionales prefieren entre los cuatro y seis años.

En ese sentido, tras el lanzamiento del segundo curso para madres y padres adoptivos, la semana pasada, Ferreira adelanta que tratará de que los padres vuelquen su mirada a los niños de un mayor rango de edad y también a los hermanitos, que es otra de la poblaciones en situación de adopción “olvidadas”.

Además, invita a la población que desee adoptar a inscribirse al curso hasta el 30 de julio y participar del periodo de pre entrevistas, que se desarrollará del 2 al 10 de agosto, para luego dar paso al evento principal el 12 y 13 del mismo mes.

Requisitos

Ferreira informa que para realizar una adopción nacional se debe cumplir al menos diez requisitos, conforme manda el artículo 84 de la Ley 548: “Requisitos para la o el solicitante de adopción”.

Entre las exigencias más importantes se encuentran: tener un mínimo de 25 años de edad y ser por lo menos 18 años mayor que la niña, niño o adolescente adoptado. De igual forma, no ser mayor a los 60 años.

También aparecen en la lista de exigencias: certificado de matrimonio para parejas casadas, informe biopsicosocial, certificado domiciliario, certificado de antecedentes penales, certificado de idoneidad y certificado de preparación para madres o padres adoptivos.

En cuanto a las internacionales, la abogada manifestó que, además de lo solicitado en el artículo 84, deben cumplir cuatro requisitos, conforme el artículo 102 de la misma norma: certificados médicos que acrediten que los solicitantes gozan de buena salud física y mental, homologados; pasaportes actualizados, cuando corresponda; certificado de idoneidad emitido por la Autoridad Central del Estado del solicitante; y autorización para el trámite de ingreso de la niña, niño o adolescente en el país de residencia de la y el candidato a adoptante.

Criterios de adoptabilidad

“Los padres adoptivos, cuando presentan todos sus requisitos, se les hace las evaluaciones correspondiente para darles los parámetros para los cuales ellos creen idóneos”, explica Ferreira sobre los criterios de adoptabilidad.

Los solicitantes lo único que pueden elegir es el rango de edad, el sexo y la situación médica del niño, niña o adolescente.

Requisitos para adoptantes internacionales

Además de lo establecido en el Art. 84 de este Código, se establecen los siguientes requisitos:

1.  Certificados médicos que acrediten que los solicitantes gozan de buena salud física y mental, homologados por el equipo interdisciplinario de la Instancia Departamental de Política Social.

2.  Pasaportes actualizados, cuando corresponda.

3. Certificado de idoneidad emitido por la Autoridad Central del Estado del solicitante; y Código Niña, Niño y Adolescente.

4. Autorización para el trámite de ingreso de la niña, niño o adolescente en el país de residencia de la y el candidato a adoptante.

Requisitos para adoptantes nacionales (Art. 84)

1. Tener un mínimo de veinticinco (25) años de edad y ser por lo menos dieciocho (18) años mayor que la niña, niño o adolescente adoptado.

2. En caso de parejas casadas o en unión libre, por lo menos uno debe tener menos de 60 años de edad; salvo si existiera convivencia preadoptiva por espacio de un año, sin perjuicio de que a través de informes biopsicosociales se recomiende la adopción, en un menor plazo.

3. Certificado de matrimonio, para parejas casadas.

4. En caso de uniones libres, la relación deberá ser probada de acuerdo a normativa vigente.

5. Gozar de buena salud física y mental, acreditada mediante certificado médico y evaluación psicológica.

6. Certificado domiciliario expedido por autoridad competente.

7. Certificado de no tener antecedentes penales por delitos dolosos, expedidos por la instancia que corresponda.

8. Certificado de preparación para madres o padres adoptivos.

9. Certificado de idoneidad.

10. Informe post adoptivo favorable para nuevos trámites de adopción. Tras obtener estos requisitos, los adoptantes pueden presentar su solicitud de adopción que según dice la ley no puede exceder a los tres meses.